Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Reserva Natural De Garganta De Los Infiernos. (2025040123)
Decreto 72/2025, de 8 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Reserva Natural de la "Garganta de los Infiernos".
62 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 134
Lunes 14 de julio de 2025

39964



c. No se llevará a cabo ningún uso incompatible con la conservación del suelo.



d. L
 a quema de restos vegetales deberá ser autorizada por la Dirección General con
competencias en materia de áreas protegidas .



3.2.3.3. En materia de ganadería extensiva.



a. Se fomentará el uso de razas tradicionales.



b. P
 or iniciativa privada, únicamente se permitirá la construcción de edificaciones
de uso agrícola y ganadero. Igualmente, se podrá acometer la rehabilitación de
antiguas construcciones, para uso agropecuario. En cualquier caso estas construcciones deberán ajustarse a las características de la arquitectura tradicional.



c. Queda prohibido el fuego como práctica ganadera para la obtención de pastos.



3.2.3.4. En relación a los cursos de agua.



a. Las zonas permitidas para pesca podrán ser alteradas cuando las condiciones
ecológicas así lo exijan.



b. N
 o se permitirá la extracción de recursos distintos de la pesca, respetándose la
vegetación ribereña.



3.2.3.5. En materia cinegética.

Serán incompatibles los usos y actividades establecidos como tales en la normativa
sectorial vigente, el Plan de Ordenación y Aprovechamiento Cinegético y los Planes
Anuales de Aprovechamiento Cinegético de la reserva de caza “La Sierra”, los planes
técnicos de los cotos de caza existentes dentro de la Reserva Natural y, en su caso,
el presente PORN.


3.2.4. Directrices de actuación en la Zona de Uso Limitado.

Favorecer y potenciar aquellas acciones que contribuyan a fomentar y mejorar el desarrollo de las producciones locales.
Implementar medidas de restauración tendentes a la recuperación de aquellas áreas
que han experimentado algún grado de deterioro.
3.3. Zona de Uso Compatible.
Territorio de la Reserva Natural cuyas características permiten la compatibilización de su
conservación con las actividades educativas y recreativas, permitiéndose por ello un mo-