Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Prevención De Riesgos Laborales. Subvenciones. (2025061700)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, de concesión de subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales convocadas para el año 2024 mediante Decreto 118/2024, de 17 de septiembre.
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NÚMERO 82
Miércoles 30 de abril de 2025

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Asimismo, el artículo 6 del Decreto 118/2024, de 17 de septiembre, establece que la totalidad
de las actuaciones preventivas que tendrán carácter subvencionable, en base a este decreto,
podrán llegar a ser de 130.000 euros como cantidad máxima para la totalidad de las inversiones subvencionables realizadas y justificadas por beneficiario.
Segundo. Con fecha 9 de noviembre de 2024 finalizó el plazo de presentación de solicitudes
de acuerdo con lo establecido en el apartado sexto de la disposición adicional única de dicho
decreto, pero, al ser este día inhábil, se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente,
siendo este el día 11 de noviembre de 2024.
Se han presentado un total de once solicitudes, correspondientes a los expedientes numerados del 01-2024 al 11-2024. Entre las solicitudes recibidas, es necesario distinguir entre
aquellas que corresponden a acciones sectoriales y las que están destinadas a llevar a cabo
acciones intersectoriales. De las once solicitudes presentadas, siete están orientadas a la realización de acciones sectoriales y las cuatro restantes están destinadas a acciones intersectoriales, procediéndose al examen de la documentación presentada junto con las solicitudes,
así como a la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos a tal efecto, todo ello de
conformidad con lo establecido tanto en las bases reguladoras como en la convocatoria a las
que se ha hecho referencia con anterioridad.
Tercero. Se emite Resolución de la Dirección General de Trabajo de fecha 12 de noviembre
de 2024 (DOE núm. 226, de 20 de noviembre de 2024) por la que se procede a la designación
de los miembros de la Comisión de Valoración de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos
laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
Cuarto. Con fecha 17 de marzo de 2025 se reúne la Comisión de Valoración de las subvenciones para valorar las solicitudes presentadas en virtud de los criterios objetivos de valoración
establecidos en el artículo 11 del decreto, emitiéndose informe en la misma fecha con el resultado de las valoraciones realizadas, el cual ostenta el carácter de vinculante para el órgano
instructor de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de las bases reguladoras.
Quinto. Que las entidades relacionadas en el Informe de la Comisión de Valoración han presentado solicitud de subvención en tiempo y forma al amparo del decreto.
Sexto. Que las entidades relacionadas en el anexo I del Informe de la Comisión de Valoración
reúnen los requisitos establecidos en el artículo 3 del decreto para ser beneficiario de la misma y la actuación se trata de una actuación subvencionable en virtud de la normativa.