Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Deslinde. (2025061682)
Resolución de 16 de abril de 2025, del Consejero, de mejora en precisión geométrica de la línea límite parcial entre los términos municipales de Mérida y Badajoz, ambos de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 82
Miércoles 30 de abril de 2025

23841

los presupuestos necesarios para la tramitación del procedimiento de mejora en precisión
geométrica de la línea límite intermunicipal, en base al artículo 8 del Decreto 163/2018, de 2
de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales y otras actuaciones
en materia de concreción de líneas límite, en la posición de los dos mojones M1º-M3T y M2ºM3T del tramo sur, así como del tramo que los conecta.
También, en el tramo norte, cabe procedimiento de mejora en precisión geométrica, según
artículo 8 del referido decreto para el mojón M1º-M4T (común a Badajoz, Cáceres, Mérida
y Puebla de Obando), el mojón M2º, el mojón M3º, el mojón M4º-M3T (común a Badajoz,
Mérida y La Roca de la Sierra), el mojón M5º-M3T (común a Mérida, Badajoz y La Roca de la
Sierra), el mojón M10º y el mojón M12º-M3T (Común a Mérida, Badajoz y Montijo) así como
los trazados que conectan los mojones M1º-M4T y M2º, los mojones M2º y M3º y los mojones
M3º y M4º-M3T.
Tercero. La notificación del referido informe se envía a los Ayuntamientos de Mérida y Badajoz con fecha 23 de septiembre de 2024 y a los Ayuntamientos de Lobón, Cáceres, La Roca de
la Sierra, Puebla de Obando y Montijo con fecha de 14 de noviembre de 2024, por intervenir
en la citada línea límite en aquellos mojones extremos. Todas las notificaciones se realizan a
través SIREX, indicando que los contenidos del informe técnico son transferidos a través de
la plataforma de datos SEGAX.
Cuarto. En dicho acto de puesta a disposición, por parte del órgano gestor, se ofrece a las
corporaciones locales interesadas la posibilidad de realizar una convocatoria de reunión explicativa con la finalidad de aclarar las posibles dudas técnicas o procedimentales surgidas en
relación con el informe técnico emitido. Sin embargo, no existe constancia de que los Ayuntamientos interesados se pronunciaran en este sentido.
Quinto. Para los mojones M6º, M7º, M8º, M9º y M11º, así como los trazados de las líneas
límite entre los mojones M5º-M3T y M6º, trazado entre los mojones M6º y M7º, trazado entre
los mojones M7º y M8º, trazado entre los mojones M8º y M9º, trazado entre los mojones M9º
y M10º, trazado entre los mojones M10º y M11º y el trazado entre los mojones M11º y M12ºM3T, con fecha de 26 de septiembre de 2024, desde la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana se ha dado traslado al Servicio de Régimen Jurídico de
Administración Local de la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de
Extremadura como responsable de deslinde entre términos municipales, tal y como se recoge
en el capítulo 2 del Decreto 163/2018, de 2 de octubre, por la imposibilidad de mejorar la
precisión de estos mojones, así como de los trazados mencionados, por apreciarse anomalías
en los documentos técnicos de base, impidiendo que pueda ofrecerse una geometría precisa
y exentas de ambigüedades.