Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Deslinde. (2025061682)
Resolución de 16 de abril de 2025, del Consejero, de mejora en precisión geométrica de la línea límite parcial entre los términos municipales de Mérida y Badajoz, ambos de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 82

23840

Miércoles 30 de abril de 2025

CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2025, del Consejero, de mejora en precisión
geométrica de la línea límite parcial entre los términos municipales de Mérida
y Badajoz, ambos de la provincia de Badajoz. (2025061682)
Iniciado el procedimiento de mejora en precisión geométrica de la línea límite entre los términos municipales de Mérida y Badajoz y vista su propuesta de resolución emitida por el
Director General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, con fecha 16 de
enero de 2025, formulada al amparo de lo dispuesto en el artículo 8.4 del Decreto 163/2018,
de 2 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Extremadura
y otras materias en concreción de líneas límite (DOE n.º 196, de 8 de octubre), y conforme a
los siguientes hechos y fundamentos de derecho:
HECHOS:
Primero. Con fecha 14 de diciembre de 2021, tiene entrada por registro, escrito del Ayuntamiento de Mérida, en el que se solicitaba a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio (ahora Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda
Urbana) informe técnico sobre la línea límite entre los términos municipales de Mérida y Badajoz, con el fin de mejorar la precisión de esta geometría.
Segundo. Con fecha 8 de agosto de 2024 se emite informe técnico sobre la línea límite entre
Mérida y Badajoz por la empresa pública GPEX en base al encargo n.º 2018/2 AGE 058.
Según el informe técnico emitido basándose en los documentos constitutivos, la línea límite
entre Badajoz y Mérida consta de dos partes distanciadas geográficamente.
Una primera parte, situada al sur, constituida el 6 de noviembre de 1901 entre los mojones
M1º-M3T (común a Badajoz, Mérida y Solana de los Barros) y M2º-M3T (Mérida Badajoz y
Lobón).
Y una segunda parte, situada más al norte, constituida entre el 10 de octubre y el 8 de noviembre de 1899 y en su acta adicional asociado de 23 de mayo de 1933 conformada por doce
mojones M1º-M4T (común a Badajoz, Cáceres, Mérida y Puebla de Obando), M2º, M3º, M4ºM3T, quedando en este punto interrumpida por el término municipal de La Roca de la Sierra
hasta el M5º-M3T, siguiendo con los mojones M6º, M7º, M8º, M9º, M10º, M11º y terminado
en el mojón M12º-M3T (común a Badajoz, Mérida y Montijo).
El citado informe técnico, que es verificado por la Dirección General de Urbanismo, Ordenación
del Territorio y Agenda Urbana con fecha de 12 de septiembre de 2024, aprecia que concurren