Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025061431)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el XXX premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025
23173
2. L
as solicitudes que reúnan los requisitos establecidos serán evaluadas por una Comisión de
Valoración constituida al efecto cuya composición es:
Presidencia: La persona titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional (o persona en quien
delegue).
Vocalía:
— Titular del Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos.
— Titular del Servicio de Innovación, Formación del Profesorado y Emprendimiento.
— Titular de la Unidad de Inspección General de Educación y Evaluación.
— Titular del Servicio de Inclusión y Atención a la Diversidad.
— Titular del Servicio de Plurilingüismo, Evaluación, Estadística y Gestión Administrativa Digital.
— Titular del Servicio de Tecnologías de la Educación.
— Un director o directora de un centro docente de educación infantil y de educación
primaria de Extremadura.
— Un director o directora de un instituto de educación secundaria de Extremadura.
— Un asesor o asesora técnico docente de la Secretaría General de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional.
— Un profesor o profesora titular del ámbito educativo de la Universidad de Extremadura.
Secretariado: la persona titular de la Jefatura de Servicio de Coordinación Educativa que
actuará con voz y sin voto.
3. E
l nombramiento de los miembros de la Comisión de Valoración se efectuará mediante
resolución de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional y será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, antes del inicio de sus actuaciones.
Tanto las personas que integran las vocalías como la secretaría podrán ser sustituidos por el
personal funcionario correspondiente en función del ámbito competencial en el que ejerce
sus tareas.
Lunes 28 de abril de 2025
23173
2. L
as solicitudes que reúnan los requisitos establecidos serán evaluadas por una Comisión de
Valoración constituida al efecto cuya composición es:
Presidencia: La persona titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional (o persona en quien
delegue).
Vocalía:
— Titular del Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos.
— Titular del Servicio de Innovación, Formación del Profesorado y Emprendimiento.
— Titular de la Unidad de Inspección General de Educación y Evaluación.
— Titular del Servicio de Inclusión y Atención a la Diversidad.
— Titular del Servicio de Plurilingüismo, Evaluación, Estadística y Gestión Administrativa Digital.
— Titular del Servicio de Tecnologías de la Educación.
— Un director o directora de un centro docente de educación infantil y de educación
primaria de Extremadura.
— Un director o directora de un instituto de educación secundaria de Extremadura.
— Un asesor o asesora técnico docente de la Secretaría General de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional.
— Un profesor o profesora titular del ámbito educativo de la Universidad de Extremadura.
Secretariado: la persona titular de la Jefatura de Servicio de Coordinación Educativa que
actuará con voz y sin voto.
3. E
l nombramiento de los miembros de la Comisión de Valoración se efectuará mediante
resolución de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional y será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, antes del inicio de sus actuaciones.
Tanto las personas que integran las vocalías como la secretaría podrán ser sustituidos por el
personal funcionario correspondiente en función del ámbito competencial en el que ejerce
sus tareas.