Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025040054)
Decreto 27/2025, de 22 de abril, por el que se modifica el Decreto 242/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial de Campo Arañuelo.
62 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025

22675

El 27 de junio de 2019 entró en vigor la LOTUS, y con fecha 28 de diciembre se publica en
el DOE, el Decreto 143/2021, que aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación
territorial y urbanística sostenible de Extremadura (en adelante RGLOTUS), siendo, en consecuencia, de plena aplicación a la presente modificación del Plan Territorial, tanto sustantiva
como procedimentalmente.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la LOTUS y en el artículo 19.3 del RGLOTUS, las modificaciones de los Planes Territoriales habrán de ajustarse a los mismos trámites
prescritos para su aprobación.
Formulada la Declaración Ambiental Estratégica, con fecha 26 de febrero de 2025 (publicada
en el DOE n.º 50, de 13 de marzo de 2025) y efectuado el posterior informe del Servicio de
Ordenación del Territorio que resume de qué manera se han integrado en la modificación del
Plan Territorial los aspectos ambientales de la declaración ambiental estratégica, informe de
fecha 26 de febrero de 2025.
El informe del Servicio técnico de Ordenación del Territorio de 26 de febrero de 2025, acredita
también la incorporación de los aspectos informados por los organismos sectoriales que han
sido asumidos, y el informe de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en su sesión de fecha 27 de febrero de 2025, acuerda: “informar favorablemente
el asunto epigrafiado en los términos contemplados en el anexo I (valoración técnica de los
informes sectoriales recibidos) elaborado por el Servicio de Ordenación del territorio en su
informe de 26 de febrero de 2025”.
En virtud de todo ello, y por Resolución del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de 25 de marzo de 2025, se efectúa la valoración de las sugerencias, alternativas
y reclamaciones formuladas a la presente modificación n.º 3 del Plan Territorial de Campo
Arañuelo.
Considerando que en la tramitación del expediente se han seguido los trámites recogidos en
el artículo 25 de la LOTUS, así como en los artículos 28 y 29 del RGLOTUS, en cuanto al procedimiento de elaboración de la modificación n.º 3 del Plan Territorial y se ha contado con la
colaboración y participación de las Administraciones Públicas, en particular de las locales, y
demás entidades públicas afectadas por razón del territorio o de la competencia
Atendiendo al Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la
denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el cual se le asignan las competencias en
materia de ordenación del territorio y urbanismo a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda , y el Decreto 238/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la