Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Apicultura. Ayudas. (2025040049)
Decreto 24/2025, de 15 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de la Intervención Sectorial Apícola, dentro del marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027, en Extremadura y se aprueba la convocatoria para 2025.
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025

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la eliminación de aquellas inversiones que ya no aparecen como conceptos subvencionables
en la última guía publicada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como es el
caso de los bidones de uso alimentario.
Por otra parte, en aras de mejorar la gestión y con el fin de adaptarnos a las líneas de pago
de los tipos de intervención establecidas en la Intervención Sectorial Apícola de España, se ha
procedido a individualizar acciones subvencionables, que hasta ahora estaban entrelazadas.
En dicho marco, este decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas
de la Intervención Sectorial Apícola, dentro del marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027, en Extremadura, conforme a la normativa antes referida.
Este decreto se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, que en su artículo 30 hace referencia al desarrollo
rural, así como la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, prestando especial atención a lo dispuesto en el
artículo 3 de principios generales, artículo 27 de lenguaje e imagen no sexista, artículo 28 de
estadísticas e investigaciones con perspectiva de género, 31 de ayudas y subvenciones y 71
de desarrollo rural.
Así mismo, cumple con lo dispuesto en el artículo 7.12 del Estatuto de Autonomía de Extremadura sobre la igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar, social,
laboral, económica y cultural.
Por otra parte, se ha tenido en cuenta las disposiciones de la Ley 35/2011, de 4 de octubre,
sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, cuyo objetivo es promover una
acción positiva que logre dar visibilidad a las mujeres y que estas puedan ejercer y disfrutar
de todos los derechos derivados de su trabajo en las explotaciones agrícolas en términos de
igualdad.
Vistas las estadísticas de los últimos años y con el fin de acortar la brecha de género en el
sector se han mantenido acciones positivas ya existentes, tales como el fomento de la titularidad compartida en las explotaciones apícolas, antes mencionada, así como el número de
socias de las cooperativas, con el objetivo de incrementar su presencia en estas entidades,
el criterio por el que se puntúa que la titularidad pertenezca a una mujer y que las cooperativas tengan juntas directivas paritarias. Además, como criterios nuevos, con el objetivo de la
formación y profesionalidad de las mujeres en este sector se priorizará aquellos cursos en los
que el número de asistentes mujeres sea mayor.
El presente decreto se adecúa a los principios de buena regulación: necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia previstos en el artículo 129 de la Ley