Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061643)
Resolución de 16 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y el Consejo de Seguridad Nuclear sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.
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NÚMERO 78
Jueves 24 de abril de 2025
22297
— Mantenerse en contacto permanente con la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio de la Junta de Extremadura mientras dure la emergencia, intercambiando toda la información que sea necesaria para coordinar las actuaciones.
— Asesorar al Director del Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma
de Extremadura sobre Riesgo Radiológico (RADIOCAEX) y, en su caso, al Director del
Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX), que sería preciso adoptar para paliar las consecuencias del accidente que desencadenara la emergencia.
— Dar apoyo técnico a la organización de respuesta de la Junta de Extremadura.
— Enviar al lugar del accidente a su Unidad de Intervención Radiológica si la situación lo
requiriera por su gravedad o complejidad, con instrucciones operativas para resolver la
situación radiológica.
— Poner en práctica las medidas de protección radiológica necesarias para paliar las consecuencias del accidente, a través de su Unidad de Intervención Radiológica, coordinándolas con las actuaciones de las demás unidades de intervención.
— Poner a disposición de las unidades de intervención los medios y recursos técnicos del
CSN predestinados a la prestación de servicios al Sistema Nacional de Protección Civil.
— Coordinar las actuaciones de las unidades especializadas en caracterización radiológica, en evaluación de la dispersión del material radiactivo, gestión de los materiales
radiactivos, dosimetría del personal de intervención, protección radiológica operacional,
tratamiento de víctimas irradiadas o contaminadas y, en general, cualquier actuación
necesaria por la naturaleza radiológica del incidente.
— Informar a las Autoridades Nacionales, Autonómicas y Locales sobre la naturaleza, alcance y gravedad del accidente desde el punto de vista radiológico.
— Informar al público sobre la naturaleza, alcance y gravedad del accidente desde el punto
de vista radiológico.
— Informar a la Comunidad Internacional en cumplimiento de los compromisos adquiridos
por España con la ratificación de la Convención de Pronta Notificación de Accidentes
Nucleares y Radiológicos.
— Colaborar con las Autoridades Nacionales de Protección Civil en la definición y solicitud
de los apoyos internacionales que se consideren necesarios para hacer frente a la situación radiológica generada por el accidente.
Jueves 24 de abril de 2025
22297
— Mantenerse en contacto permanente con la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio de la Junta de Extremadura mientras dure la emergencia, intercambiando toda la información que sea necesaria para coordinar las actuaciones.
— Asesorar al Director del Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma
de Extremadura sobre Riesgo Radiológico (RADIOCAEX) y, en su caso, al Director del
Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX), que sería preciso adoptar para paliar las consecuencias del accidente que desencadenara la emergencia.
— Dar apoyo técnico a la organización de respuesta de la Junta de Extremadura.
— Enviar al lugar del accidente a su Unidad de Intervención Radiológica si la situación lo
requiriera por su gravedad o complejidad, con instrucciones operativas para resolver la
situación radiológica.
— Poner en práctica las medidas de protección radiológica necesarias para paliar las consecuencias del accidente, a través de su Unidad de Intervención Radiológica, coordinándolas con las actuaciones de las demás unidades de intervención.
— Poner a disposición de las unidades de intervención los medios y recursos técnicos del
CSN predestinados a la prestación de servicios al Sistema Nacional de Protección Civil.
— Coordinar las actuaciones de las unidades especializadas en caracterización radiológica, en evaluación de la dispersión del material radiactivo, gestión de los materiales
radiactivos, dosimetría del personal de intervención, protección radiológica operacional,
tratamiento de víctimas irradiadas o contaminadas y, en general, cualquier actuación
necesaria por la naturaleza radiológica del incidente.
— Informar a las Autoridades Nacionales, Autonómicas y Locales sobre la naturaleza, alcance y gravedad del accidente desde el punto de vista radiológico.
— Informar al público sobre la naturaleza, alcance y gravedad del accidente desde el punto
de vista radiológico.
— Informar a la Comunidad Internacional en cumplimiento de los compromisos adquiridos
por España con la ratificación de la Convención de Pronta Notificación de Accidentes
Nucleares y Radiológicos.
— Colaborar con las Autoridades Nacionales de Protección Civil en la definición y solicitud
de los apoyos internacionales que se consideren necesarios para hacer frente a la situación radiológica generada por el accidente.