Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061471)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo entre el Ministerio de Sanidad y la Comunidad Autónoma de Extremadura para fijar las condiciones de la adquisición centralizada de vacunas frente a la gripe estacional.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 77
Miércoles 23 de abril de 2025

22017

y ahorro en costes de adquisición y, en consecuencia, las partes intervinientes proceden a la
formalización del presente Acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto del Acuerdo.
El presente Acuerdo tiene como objeto articular el modo en que se formalizará la vinculación
voluntaria de LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, al Acuerdo Marco que se tramitará desde el Ministerio de Sanidad, con diferentes Comunidades Autónomas y las ciudades
de Ceuta y Melilla y determinados órganos de contratación de la Administración General del
Estado.
El régimen jurídico del Acuerdo Marco al que hace referencia el anterior párrafo, será el regulado en los artículos 218 a 222, así como en la disposición adicional vigésima séptima de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Este Acuerdo Marco tendrá
como finalidad la selección de suministradores, la fijación de precios máximos y el establecimiento de las bases que regirán los contratos derivados de suministros de las vacunas.
Segunda. Contenido del Acuerdo.
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA acuerda con el Ministerio de Sanidad que éste
asuma la tramitación del procedimiento para fijar las condiciones a que habrán de ajustarse
los contratos de suministro de las vacunas frente a la gripe relacionadas en el ANEXO I.
Las previsiones iniciales de vacunas recogidas en el Anexo I se considerarán meramente estimativas por la naturaleza misma del suministro, dado que no se puede conocer con precisión
y con antelación suficiente el número de dosis que se precisarán. Por ello, las estimaciones
realizadas con motivo de la preparación del Acuerdo Marco, y aquí reflejadas, se deben considerar flexibles. El número de dosis se concretará en función a las necesidades reales cuando
se liciten los contratos basados.
En caso de sobrevenir necesidades no previstas inicialmente, la Comunidad Autónoma de Extremadura podrá solicitar posteriormente al Ministerio de Sanidad la adhesión a cualquiera de
los lotes recogidos en el Acuerdo Marco y a los que no se adhiere en este momento, siempre
que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público para la modificación de los contratos, conforme establece su artículo 222.1.
Para llevar a cabo dicho objetivo el Ministerio de Sanidad, con la conformidad de LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, ha aprobado los Pliegos de Cláusulas Administrativas
Particulares y de Prescripciones Técnicas que se acompañan como ANEXO II a este Acuerdo