Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025061586)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 21 de noviembre de 2024, en la que se aprueba la modificación del artículo 37.1.i) del Convenio Colectivo de la empresa Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza.
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NÚMERO 77
Miércoles 23 de abril de 2025

22108

las necesidades del servicio no resultara posible disfrutar de este permiso antes del final
de mes de diciembre, podrá hacerse efectivo hasta el 31 de enero del año siguiente.
Por cada festivo que coincida en sábado se dará un día adicional de asuntos particulares,
en los términos que se disponga por la Dirección General de Función Pública de la Junta
Extremadura”.
Posteriormente, deberá aprobarse la modificación del convenio colectivo de trabajo en su
artículo 37.1.i), por la Asamblea General y remitir el convenio modificado a la autoridad
laboral para su conocimiento y efectos, procediéndose a su publicación y facultando a la
Presidencia para la firma de cuantos documentos estén relacionados con el asunto.
A continuación, se procede a la votación, resultando aprobado por unanimidad de los
miembros presentes con voto.
3. R
 uegos y preguntas.
A continuación, el Sr. Presidente, D. Óscar Díaz Hernández, pregunta si algún asistente desea formular ruego o pregunta, a lo que D. Jesús Pulgarín García, asesor de CCOO, formula
una sobre el reglamento del teletrabajo que se acordó redactar, con una regulación propia,
al amparo del artículo 16 del Convenio Colectivo.
La Sra. Secretaria, le aclara que efectivamente para desarrollar el régimen del teletrabajo
habrá que aprobar un Reglamento previamente negociado entre los representantes de los
trabajadores y los representantes de la Mancomunidad.
En el seno de varias intervenciones por parte de los representes sindicales, surge la duda
de si a todos los trabajadores que tuvieran jornada parcial, se les ofreció la posibilidad
de incrementarle la jornada al 100%, a lo que D. Manuel Serrano Ripado, indica que a él
nunca se le ofreció.
Se hace constar que, con fecha de 18 de mayo de 2023, la Asamblea General de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza, está de acuerdo con la propuesta siguiente:
“A la vista del acuerdo adoptado en la sesión de fecha 10 de mayo de 2023 de la Mesa
General de Negociación de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza, que literalmente se trascribe a continuación:
“Ofrecer la posibilidad de ampliar la jornada laboral al 100% a todos los empleados de
la Mancomunidad”.