Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061531)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental, del proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego de 14,7182 ha de viñedo, ubicada en el paraje "Huseros" en el polígono 36, parcela 97, del término municipal de Almendralejo (Badajoz). Expte.: IA19/0419.
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NÚMERO 76
Martes 22 de abril de 2025



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3.3.11. Sinergias.

Se considera que el principal efecto acumulativo se produce sobre los acuíferos. En este
sentido, ya se ha indicado en el presente informe que el proyecto resulta compatible
con el Plan Hidrológico de cuenca, con una serie de limitaciones indicadas en el informe
emitido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana.


3.3.12. Vulnerabilidad del proyecto. Riesgos de accidentes graves o catástrofes.

Con relación al apartado sobre la vulnerabilidad del proyecto, de conformidad con lo
estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se cumplirá lo referido a la vulnerabilidad
del proyecto frente a catástrofes naturales y accidentes graves del proyecto, así como
las medidas para mitigar el efecto adverso significativo sobre el medio ambiente.
En conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos adversos significativos
sobre el medio ambiente, siempre que se apliquen las medidas recogidas en el apartado 4. “Condiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos sobre el medio ambiente”.. Igualmente, el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura 2000. Por ello,
del análisis técnico se concluye que no es preciso someter el proyecto a evaluación de
impacto ambiental ordinaria.
4. C
 ondiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos sobre el medio ambiente.
4.1. Condiciones de carácter general.
— Deberán cumplirse todas las medidas preventivas, protectoras y correctoras descritas
en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del
presente informe.
— La caseta de riego se ubicará en la parcela 36 del polígono 97 del término municipal de
Almendralejo (Badajoz). Según aparece en la ubicación presentada en el documento
gráfico de la solicitud, y la finalidad será exclusivamente como caseta de riego, estando
sujeto a otro tipo de trámite en el caso de que la construcción sea para otro fin, como
puede ser vivienda unifamiliar o construcción para uso recreativo.
— Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al Órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie
sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter
nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.