Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061455)
Resolución de 6 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de mejora y modernización de infraestructuras de riego de la Zona Regable Docenario. Expte.: IA24/0783.
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NÚMERO 75
21410
Lunes 21 de abril de 2025
en cuenta en la evaluación de impacto ambiental, por exigirlo así el artículo 86.2 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De acuerdo con ello, se han solicitado los siguientes informes a las Administraciones Públicas
afectadas, que se relacionan en la tabla adjunta, señalando con una “X” aquellas que han
emitido respuesta:
Relación de Organismos y Entidades Consultados
Respuestas
recibidas
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. Dirección General
de Sostenibilidad
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana
-
Servicio de Infraestructuras Rurales. Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia
X
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. Dirección General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca.
X
Servicio de Regadíos. Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y
Tauromaquia.
X
Servicio de Urbanismo. Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio
y Agenda Urbana.
X
Servicio de Ordenación del Territorio. Dirección General de Urbanismo, Ordenación
del Territorio y Agenda Urbana.
X
Servicio de Caza, Pesca y acuicultura. Dirección General de Gestión Forestal, Caza
y Pesca.
X
A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
1. A
fecha de 19 de febrero de 2025, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe en el que indican que
la actividad solicitada se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura en ZEC “Río Ortega” (ES4310064).
Los instrumentos de Gestión de aplicación son:
— Plan Director de Red Natura 2000 (anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo,
por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura).
— Planes de Gestión (anexo V) correspondiente al Plan de Gestión de la ZEC “Río Ortiga”.
Según la zonificación establecida en su Plan de Gestión, las actuaciones se proyectan en:
— Zona de Alto Interés (ZAI): Superficie incluida en esta categoría de zonificación por
el elemento clave hábitats asociados a las riberas.
— Zona de Interés (ZI).
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Lunes 21 de abril de 2025
en cuenta en la evaluación de impacto ambiental, por exigirlo así el artículo 86.2 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De acuerdo con ello, se han solicitado los siguientes informes a las Administraciones Públicas
afectadas, que se relacionan en la tabla adjunta, señalando con una “X” aquellas que han
emitido respuesta:
Relación de Organismos y Entidades Consultados
Respuestas
recibidas
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. Dirección General
de Sostenibilidad
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana
-
Servicio de Infraestructuras Rurales. Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia
X
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. Dirección General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca.
X
Servicio de Regadíos. Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y
Tauromaquia.
X
Servicio de Urbanismo. Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio
y Agenda Urbana.
X
Servicio de Ordenación del Territorio. Dirección General de Urbanismo, Ordenación
del Territorio y Agenda Urbana.
X
Servicio de Caza, Pesca y acuicultura. Dirección General de Gestión Forestal, Caza
y Pesca.
X
A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
1. A
fecha de 19 de febrero de 2025, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe en el que indican que
la actividad solicitada se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura en ZEC “Río Ortega” (ES4310064).
Los instrumentos de Gestión de aplicación son:
— Plan Director de Red Natura 2000 (anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo,
por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura).
— Planes de Gestión (anexo V) correspondiente al Plan de Gestión de la ZEC “Río Ortiga”.
Según la zonificación establecida en su Plan de Gestión, las actuaciones se proyectan en:
— Zona de Alto Interés (ZAI): Superficie incluida en esta categoría de zonificación por
el elemento clave hábitats asociados a las riberas.
— Zona de Interés (ZI).