Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061549)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor del Consorcio Extremeño de Información al Consumidor destinado a la financiación de la prestación de servicios en materia de seguridad de los juguetes y otros artículos infantiles en el ámbito del Instituto de Consumo de Extremadura, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 75
Lunes 21 de abril de 2025
21382
Teniendo como objetivo fundamental establecer un mayor nivel de seguridad en la comercialización y puesta en el mercado de los juguetes, el RD 1205/2011 presta especial atención a
las informaciones relativas a la trazabilidad de los juguetes, estableciendo obligaciones para
todos los agentes económicos implicados (fabricantes, representantes autorizados, importadores y distribuidores), de suministrar información de los operadores anteriores y posteriores
en la cadena de comercialización. Además de la obligación de los fabricantes de asegurarse
que los juguetes se han diseñado y fabricado de conformidad con los requisitos legalmente
establecidos, estos tienen que elaborar el expediente del producto y una declaración CE de
conformidad, que tienen que conservar durante 10 años desde la introducción al mercado del
juguete. En el artículo 17 de la citada norma se establece que antes de introducir un juguete
en el mercado, “los fabricantes efectuarán un análisis de los peligros químicos, físicos, mecánicos, eléctricos, de inflamación, higiénicos y radiactivos que el juguete pueda presentar, así
como una evaluación de la posible exposición a esos peligros”, dejando registro del mismo. En
relación a la conformidad de los juguetes, se impone a las autoridades competentes la obligación de velar por el cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad de los juguetes
comercializados, estableciéndose la presunción de conformidad de los que lleven el marcado
CE y vayan acompañados de la declaración CE de conformidad, dotada ésta de un contenido
mínimo.
Tercero. INCOEX dispone del Laboratorio de Control de Calidad, en adelante Laboratorio
INCOEX, que ostenta la acreditación internacional por la Entidad Nacional de Acreditación
(ENAC) y su actividad principal en la realización de ensayos y calibraciones que permiten el
control y análisis de seguridad e información de juguetes, propiedades mecánicas y físicas.
Esta actividad se ajusta, en todo caso, a las reglamentaciones y las normas de calidad que los
regulan, tanto nacionales como europeas.
En atención a su actividad, el Laboratorio INCOEX se identifica como centro de control de la
calidad de la Junta de Extremadura, siendo su objetivo prestar apoyo técnico y científico para
la aplicación y desarrollo de sus Políticas de Protección y Defensa de los Consumidores, también respecto de otros órganos centrales y autonómicos. Del mismo modo presta su apoyo a
la industria e importadores jugueteros, Consejos Reguladores y a los particulares que soliciten
su colaboración.
Los controles analíticos que realiza tienen como fin comprobar la seguridad y la calidad de
los productos y, más específicamente, su conformidad en cuanto al etiquetado, contenido
efectivo, control de calidad, seguridad, etc. Asimismo, por las competencias que legalmente
tiene atribuidas, puede actuar como árbitro en el control de la calidad de los productos y en
la investigación juguetera y comercial, colaborando con los órganos competentes. Las funciones que principalmente desempeña se centran en aplicar ensayos normalizados sobre las
muestras recibidas.
Lunes 21 de abril de 2025
21382
Teniendo como objetivo fundamental establecer un mayor nivel de seguridad en la comercialización y puesta en el mercado de los juguetes, el RD 1205/2011 presta especial atención a
las informaciones relativas a la trazabilidad de los juguetes, estableciendo obligaciones para
todos los agentes económicos implicados (fabricantes, representantes autorizados, importadores y distribuidores), de suministrar información de los operadores anteriores y posteriores
en la cadena de comercialización. Además de la obligación de los fabricantes de asegurarse
que los juguetes se han diseñado y fabricado de conformidad con los requisitos legalmente
establecidos, estos tienen que elaborar el expediente del producto y una declaración CE de
conformidad, que tienen que conservar durante 10 años desde la introducción al mercado del
juguete. En el artículo 17 de la citada norma se establece que antes de introducir un juguete
en el mercado, “los fabricantes efectuarán un análisis de los peligros químicos, físicos, mecánicos, eléctricos, de inflamación, higiénicos y radiactivos que el juguete pueda presentar, así
como una evaluación de la posible exposición a esos peligros”, dejando registro del mismo. En
relación a la conformidad de los juguetes, se impone a las autoridades competentes la obligación de velar por el cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad de los juguetes
comercializados, estableciéndose la presunción de conformidad de los que lleven el marcado
CE y vayan acompañados de la declaración CE de conformidad, dotada ésta de un contenido
mínimo.
Tercero. INCOEX dispone del Laboratorio de Control de Calidad, en adelante Laboratorio
INCOEX, que ostenta la acreditación internacional por la Entidad Nacional de Acreditación
(ENAC) y su actividad principal en la realización de ensayos y calibraciones que permiten el
control y análisis de seguridad e información de juguetes, propiedades mecánicas y físicas.
Esta actividad se ajusta, en todo caso, a las reglamentaciones y las normas de calidad que los
regulan, tanto nacionales como europeas.
En atención a su actividad, el Laboratorio INCOEX se identifica como centro de control de la
calidad de la Junta de Extremadura, siendo su objetivo prestar apoyo técnico y científico para
la aplicación y desarrollo de sus Políticas de Protección y Defensa de los Consumidores, también respecto de otros órganos centrales y autonómicos. Del mismo modo presta su apoyo a
la industria e importadores jugueteros, Consejos Reguladores y a los particulares que soliciten
su colaboración.
Los controles analíticos que realiza tienen como fin comprobar la seguridad y la calidad de
los productos y, más específicamente, su conformidad en cuanto al etiquetado, contenido
efectivo, control de calidad, seguridad, etc. Asimismo, por las competencias que legalmente
tiene atribuidas, puede actuar como árbitro en el control de la calidad de los productos y en
la investigación juguetera y comercial, colaborando con los órganos competentes. Las funciones que principalmente desempeña se centran en aplicar ensayos normalizados sobre las
muestras recibidas.