Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estatutos. (2025040020)
Decreto 6/2025, de 11 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
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NÚMERO 32
Lunes 17 de febrero de 2025

8331

b) Velar por la correcta ejecución de los proyectos y demás actividades de investigación
desarrollados en CICYTEX.
c) La organización de los recursos científico-técnicos y de personal de investigación y su
distribución entre las distintas áreas de investigación.
d) Informar a la Dirección de CICYTEX del estado de ejecución de los objetivos del Contrato de Gestión, así como emitir cuantos informes le sean solicitados con relación a su
ámbito competencial.
e) P
 romover la coordinación y búsqueda de sinergias entre las distintas áreas de investigación del CICYTEX.
f) Coordinar e impulsar acciones de transferencia de resultados y de las actividades de
investigación desarrolladas en CICYTEX.
Artículo 15. Comisión Científica.
1. L
 a Comisión Científica del CICYTEX se configura como un órgano colegiado que ejerce
las funciones de propuesta, asesoramiento, seguimiento y evaluación, con la finalidad de
contribuir a la adecuada gestión, coordinación y ejecución de la actividad científico-técnica
desarrollada en el CICYTEX, bajo la observancia de los principios de eficacia, objetividad y
transparencia.
2. La Comisión Científica estará integrada por los siguientes miembros:
a) L
 a persona titular de la Dirección del CICYTEX, que ejercerá las funciones de presidencia.
b) La persona titular de la Unidad de Coordinación Científica del CICYTEX.
c) La persona titular de la Jefatura de Sección con competencias en materia de transferencias del CICYTEX.
d) Un investigador, con grado de doctor, de cada una de las áreas de investigación del CICYTEX.
e) L
 a persona que ostente una de las Jefaturas de Servicio o de Sección del CICYTEX, que
ejercerá las funciones de secretaría, actuando con voz pero sin voto, y que será designado por la Dirección.
Los miembros del apartado d) serán designados por la persona titular de la Dirección del
CICYTEX, entre el personal de investigación, con título de doctor, que preste sus servicios