Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estatutos. (2025040020)
Decreto 6/2025, de 11 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 32
Lunes 17 de febrero de 2025

8330

c) Impulsar la adecuación e integridad del sistema de gestión interno, así como vigilar
el cumplimiento de las obligaciones de índole económica, tributaria, contable y presupuestaria.
d) Conocer las autorizaciones de las variaciones presupuestarias.
e) A
 quellas que se le atribuyan conforme a la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, los presentes Estatutos y el resto de la normativa que le sea de aplicación.
2. L
 a Comisión de Control estará integrada por tres miembros, la persona titular del órgano
directivo competente en materia de I+D+i, que será miembro de pleno derecho y ejercerá
las funciones de Presidencia, y otros dos miembros que serán designados de entre los vocales del Consejo Rector por mayoría de sus miembros.
Como secretario de la Comisión de Control actuará el mismo que lo sea del Consejo Rector,
el cual tendrá derecho a voto si ostentase a su vez la condición de miembro de la comisión.
La Comisión de Control se reunirá conforme lo establecido en el Reglamento de régimen
interno del Consejo Rector.
Cuando la naturaleza de los asuntos a tratar así lo requiera, la Presidencia de la Comisión
de Control podrá convocar a expertos en la materia correspondiente, a los solos efectos de
que puedan exponer su opinión sobre los asuntos en cuestión.
3. L
 a Comisión de Control estará asistida por el órgano que ejerza las funciones de control
económico financiero del CICYTEX.
SECCIÓN 5ª. ÓRGANOS COMPLEMENTARIOS
Artículo 14. Unidad de Coordinación Científica.
1. L
 a Unidad de Coordinación Científica será el órgano encargado de dirigir, impulsar y coordinar la actividad científica del CICYTEX.
2. L
 a Unidad de Coordinación Científica será desempeñada a través un puesto de la Relación
de Puestos de Trabajo del CICYTEX, con rango equivalente a una Jefatura de Servicio, y
podrá ser desempeñada por personal de investigación que ostente el título de Doctor.
3. S
 erán funciones de la Unidad de Coordinación Científica:
a) El desarrollo y ejecución de los objetivos del Contrato de Gestión pertenecientes a su
ámbito competencial.