Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2025060218)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y de la Secretaría General de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, por la que se convocan, para la campaña 2025/2026, la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2014-2022, la concesión y pago de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, la concesión y pago de primera anualidad y el pago de la tercera anualidad, de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 21
Viernes 31 de enero de 2025



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— Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos
en terrenos de elevada pendiente, reúnan los requisitos de los artículos 38 y 41 del
citado real decreto.



— Agroecología: Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes,
reúnan los requisitos de los artículos 44y 45 del citado real decreto.

e) D
 e los pagos directos asociados a los agricultores, quienes cumpliendo las condiciones
previstas en la Sección Primera del capítulo III del título III del Real Decreto 1048/2022,
de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan
Estratégico de la Política Agraria Común, y la regulación de la solicitud única del sistema
integrado de gestión y control, reúnan los requisitos generales del artículo 46 del citado
real decreto y los específicos para cada línea de ayuda:


— En la ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal los
requisitos establecidos en el artículo 49 del citado real decreto.



— En la ayuda asociada a la producción sostenible de arroz los requisitos establecidos
en el artículo 53 del citado real decreto.



— En la ayuda asociada a la producción sostenible de remolacha azucarera los requisitos establecidos en el artículo 56 del citado real decreto.



— En la ayuda asociada a la producción sostenible de tomate para la transformación los
requisitos establecidos en el artículo 59 del citado real decreto.



— En la ayuda asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación los requisitos establecidos en el artículo 65 del citado real decreto.



— En la ayuda asociada a la producción tradicional de uva pasa los requisitos establecidos en el artículo 68 del citado real decreto.



— En el pago específico al cultivo del algodón los requisitos establecidos en el artículo
74 del citado real decreto.



— En la ayuda asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental
los requisitos establecidos en el artículo 79 del citado real decreto.

f) De los pagos directos asociados a los ganaderos, quienes cumpliendo las condiciones
previstas en la sección segunde del capítulo III del título III del Real Decreto 1048/2022,
de 27 de diciem­bre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en for-