Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060776)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de implantación de olivar superintensivo y cambio de sistema de riego sobre 91,8164 ha en la finca "Cerro Teresa y Majadas Altas", en el término municipal de Campo Lugar (Cáceres). Expte.: IA22/1508.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023
15434
Por último, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas establece
una serie de medidas para prevenir y evitar afecciones a los valores ambientales existentes referentes a la flora y hábitats naturales presentes, para las cuales la promotora
ha indicado su compromiso de cumplimiento.
Por su parte, el EsIA incorpora tanto en el estudio de alternativas como en el estudio
de afección a espacios de la Red Natura 2000 un análisis sobre la afección del proyecto
a los diferentes hábitats naturales existentes en la zona de actuación y sus alrededores, destacando que la alternativa seleccionada no supondría la desaparición del hábitat prioritario de interés comunitario “Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del
Thero-Brachypodietea” (Código UE: 6220*), único hábitat de interés comunitario que la
promotora identifica dentro de la finca de actuación. Por otro lado, la promotora indica
que las zonas donde se implantará el nuevo olivar en la actualidad se dedican actualmente al cultivo de herbáceas de regadío, estando sometidas a una importante presión
agrícola y ganadera, y no existiendo por lo tanto ningún tipo de vegetación natural de
interés. Además, se considera que la protección y el fomento de la vegetación asociada
a los cursos de agua que atraviesan la zona de actuación, así como la propia implantación del cultivo de olivo, proporcionarán una serie de hábitats naturales que no existen
en la actualidad en la zona de actuación.
Por último, cabe indicar que en el EsIA se incorporan una serie de medidas preventivas,
correctoras y compensatorias dirigidas a minimizar, mitigar y compensar las posibles
afecciones sobre los hábitats naturales (especialmente los ligados a las aves esteparias) que la ejecución y puesta en marcha del proyecto pudiera conllevar, siendo éstas
tomadas en consideración en la presente declaración de impacto ambiental.
C.2.5 Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Según el informe de afección a la Red Natura 2000 y sobre la biodiversidad emitido por
el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad (CN 22/7937), la actividad solicitada se encuentra incluida dentro del
siguiente lugar de la Red Natura 2000:
— Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Llanos de Zorita y Embalse de
Sierra Brava” (ES0000333).
Los instrumentos de gestión de aplicación son:
— Plan Director de Red Natura 2000 (anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo,
por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura).
Lunes 13 de marzo de 2023
15434
Por último, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas establece
una serie de medidas para prevenir y evitar afecciones a los valores ambientales existentes referentes a la flora y hábitats naturales presentes, para las cuales la promotora
ha indicado su compromiso de cumplimiento.
Por su parte, el EsIA incorpora tanto en el estudio de alternativas como en el estudio
de afección a espacios de la Red Natura 2000 un análisis sobre la afección del proyecto
a los diferentes hábitats naturales existentes en la zona de actuación y sus alrededores, destacando que la alternativa seleccionada no supondría la desaparición del hábitat prioritario de interés comunitario “Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del
Thero-Brachypodietea” (Código UE: 6220*), único hábitat de interés comunitario que la
promotora identifica dentro de la finca de actuación. Por otro lado, la promotora indica
que las zonas donde se implantará el nuevo olivar en la actualidad se dedican actualmente al cultivo de herbáceas de regadío, estando sometidas a una importante presión
agrícola y ganadera, y no existiendo por lo tanto ningún tipo de vegetación natural de
interés. Además, se considera que la protección y el fomento de la vegetación asociada
a los cursos de agua que atraviesan la zona de actuación, así como la propia implantación del cultivo de olivo, proporcionarán una serie de hábitats naturales que no existen
en la actualidad en la zona de actuación.
Por último, cabe indicar que en el EsIA se incorporan una serie de medidas preventivas,
correctoras y compensatorias dirigidas a minimizar, mitigar y compensar las posibles
afecciones sobre los hábitats naturales (especialmente los ligados a las aves esteparias) que la ejecución y puesta en marcha del proyecto pudiera conllevar, siendo éstas
tomadas en consideración en la presente declaración de impacto ambiental.
C.2.5 Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Según el informe de afección a la Red Natura 2000 y sobre la biodiversidad emitido por
el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad (CN 22/7937), la actividad solicitada se encuentra incluida dentro del
siguiente lugar de la Red Natura 2000:
— Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Llanos de Zorita y Embalse de
Sierra Brava” (ES0000333).
Los instrumentos de gestión de aplicación son:
— Plan Director de Red Natura 2000 (anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo,
por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura).