Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061135)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del Programa de Acompañamiento de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas.
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NÚMERO 74
Martes, 19 de abril de 2022
18012
que la Secretaría General de Economía y Comercio observa como necesaria para recordar los
beneficios que este singular ecosistema productivo proyecta sobre las economías locales y
regional, así como para ampliar y reforzar el conocimiento que los consumidores tienen de
ellas y generar interés en mercados más alejados.
Sexto. De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, los
recursos de Extremadura Avante provendrán, de entre otras fuentes de financiación, de las
transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones, encontrándose, este
supuesto, fuera del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tal y como se prevé en su artículo 3.
En virtud de lo anterior, la financiación de las actuaciones a llevar a cabo derivadas de la
ejecución del programa de acompañamiento de las denominaciones de origen protegidas e
indicación geográfica protegida, se llevará a cabo través de la figura de las transferencias
específicas recogidas en la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, (DOE n.º 251, de 31 de diciembre),
concretamente dispone el artículo 45.2: “Se consideran transferencias específicas a los efectos de lo previsto en esta Ley, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el
Anexo del Proyecto de Gastos con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas, por las entidades del sector público autonómico
cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de
una convocatoria pública”.
Asimismo, el artículo 45.3 recoge que “Las transferencias específicas, que podrán tener carácter plurianual siempre que resulte necesario en virtud de la naturaleza del proyecto a realizar,
deberán formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria
a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones
concretas a desarrollar; la forma de pago que respetará lo indicado en el párrafo anterior; el
plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto,
del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de
seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las
que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas”.
En los Presupuestos de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de 2022 existen
los créditos necesarios y suficientes para financiar la iniciativa objeto del presente convenio,
dentro de la aplicación presupuestaria 14.003.314A.443.03 y código de proyecto 20190182
Extremadura Avante Sap. Programa Acompañamiento Denominación E Indicación Geográfica
Protegida.
Martes, 19 de abril de 2022
18012
que la Secretaría General de Economía y Comercio observa como necesaria para recordar los
beneficios que este singular ecosistema productivo proyecta sobre las economías locales y
regional, así como para ampliar y reforzar el conocimiento que los consumidores tienen de
ellas y generar interés en mercados más alejados.
Sexto. De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, los
recursos de Extremadura Avante provendrán, de entre otras fuentes de financiación, de las
transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones, encontrándose, este
supuesto, fuera del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tal y como se prevé en su artículo 3.
En virtud de lo anterior, la financiación de las actuaciones a llevar a cabo derivadas de la
ejecución del programa de acompañamiento de las denominaciones de origen protegidas e
indicación geográfica protegida, se llevará a cabo través de la figura de las transferencias
específicas recogidas en la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, (DOE n.º 251, de 31 de diciembre),
concretamente dispone el artículo 45.2: “Se consideran transferencias específicas a los efectos de lo previsto en esta Ley, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el
Anexo del Proyecto de Gastos con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas, por las entidades del sector público autonómico
cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de
una convocatoria pública”.
Asimismo, el artículo 45.3 recoge que “Las transferencias específicas, que podrán tener carácter plurianual siempre que resulte necesario en virtud de la naturaleza del proyecto a realizar,
deberán formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria
a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones
concretas a desarrollar; la forma de pago que respetará lo indicado en el párrafo anterior; el
plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto,
del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de
seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las
que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas”.
En los Presupuestos de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de 2022 existen
los créditos necesarios y suficientes para financiar la iniciativa objeto del presente convenio,
dentro de la aplicación presupuestaria 14.003.314A.443.03 y código de proyecto 20190182
Extremadura Avante Sap. Programa Acompañamiento Denominación E Indicación Geográfica
Protegida.