Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022061073)
Resolución de 5 de abril de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Casa Rural", cuyo promotor es Francisco Javier Piris Expósito, en el término municipal de La Codosera. IA20/1660.
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NÚMERO 72
Miércoles, 13 de abril de 2022
17755
autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero,
por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Si durante la ejecución de los trabajos de construcción se hallasen restos u objetos
con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección
de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas
a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
c) Medidas en la fase operativa
Instalación turística:
— Residuos. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos y
suelos contaminados. La gestión de residuos deberá ser realizada por empresas que
estén registradas conforme a lo establecido en la Ley 22/2011.
— Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en la normativa vigente y normas técnicas de aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos
no superará los seis meses.
— Gestión de aguas residuales. Para la gestión de las aguas residuales, la fosa séptica
estanca (que deberá contar con certificado de estanqueidad suscrito por técnico competente), deberá estar debidamente dimensionada para albergar el caudal máximo.
Se deberá evacuar el contenido antes de superar los 2/3 de su capacidad. Se realizarán las tareas de mantenimiento oportunas para garantizar el buen funcionamiento
del sistema. Las aguas residuales de las fosas sépticas serán gestionadas por gestor
de residuos autorizado o bien se obtendrá la autorización de vertido según indica la
Confederación Hidrográfica del Guadiana en su informe.
— Las aguas pluviales procedentes de las cubiertas de los edificios verterán directamente al terreno. Se evitará que las aguas pluviales entren en contacto con cualquier
elemento que las pueda contaminar. Así como también se deberá evitar que las aguas
pluviales provoquen efectos erosivos en el terreno (cárcavas).
— Se deberán cumplir las prescripciones de calidad acústica establecidas en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17
Miércoles, 13 de abril de 2022
17755
autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero,
por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Si durante la ejecución de los trabajos de construcción se hallasen restos u objetos
con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección
de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas
a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
c) Medidas en la fase operativa
Instalación turística:
— Residuos. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos y
suelos contaminados. La gestión de residuos deberá ser realizada por empresas que
estén registradas conforme a lo establecido en la Ley 22/2011.
— Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en la normativa vigente y normas técnicas de aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos
no superará los seis meses.
— Gestión de aguas residuales. Para la gestión de las aguas residuales, la fosa séptica
estanca (que deberá contar con certificado de estanqueidad suscrito por técnico competente), deberá estar debidamente dimensionada para albergar el caudal máximo.
Se deberá evacuar el contenido antes de superar los 2/3 de su capacidad. Se realizarán las tareas de mantenimiento oportunas para garantizar el buen funcionamiento
del sistema. Las aguas residuales de las fosas sépticas serán gestionadas por gestor
de residuos autorizado o bien se obtendrá la autorización de vertido según indica la
Confederación Hidrográfica del Guadiana en su informe.
— Las aguas pluviales procedentes de las cubiertas de los edificios verterán directamente al terreno. Se evitará que las aguas pluviales entren en contacto con cualquier
elemento que las pueda contaminar. Así como también se deberá evitar que las aguas
pluviales provoquen efectos erosivos en el terreno (cárcavas).
— Se deberán cumplir las prescripciones de calidad acústica establecidas en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17