Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022061070)
Resolución de 5 de abril de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Cáceres 2023" a ejecutar en el término municipal de Cáceres (Cáceres), y cuyo promotor es Alter Enersun Cáceres Tres, SLU. Expte.: IA 19/1247.
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NÚMERO 72
Miércoles, 13 de abril de 2022
17730
atender visitas guiadas a los yacimientos arqueológicos que se hubieran intervenido con
objeto de dar a conocer a todas aquellas personas interesadas, los hallazgos arqueológicos acontecidos durante el tiempo en el que se desarrolle la campaña de trabajos
arqueológicos. La frecuencia y características de estas visitas guiadas, será objeto de
consulta previa ante esta Dirección General por parte del promotor y representantes de
la dirección arqueológica del proyecto. Estas visitas deberán efectuarse bajo las condiciones de seguridad más adecuadas tanto para el equipo de trabajo como para los visitantes
y para su difusión podrán emplearse los canales y medios más adecuados para tal fin.
— Tras la intervención arqueológica, y siempre que los resultados obtenidos en el marco de
las intervenciones arqueológicas ejecutadas presenten la suficiente relevancia e interés
de científico y/o social, éstos, deberán ser expuestos en una publicación científico-técnica enmarcada dentro de una de las líneas editoriales que esta Dirección General tiene
habilitadas para la divulgación de los estudios arqueológicos en nuestra Región (Memorias de Arqueología Extremeña, Extremadura Arqueológica, Lecturas de Patrimonio
Arqueológico, etc.). El diseño, normas de publicación, así como el número de ejemplares
a publicar, deberá ser previamente acordado con esta Dirección General.
— Del mismo modo, tras la conclusión de las actividades arqueológicas, y teniendo en
cuenta la cuestión relativa al interés de los resultados mencionado en el punto anterior,
la entidad promotora del proyecto proveerá los contenidos y el montaje de una exposición temporal que muestre con carácter divulgativo los resultados e interpretación de los
resultados obtenidos tras la ejecución del proyecto de intervención arqueológica. Esta
exposición será planificada y presentada en los centros museísticos o espacios culturales
que determine la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
Sexto. Una vez analizada la documentación obrante en el expediente administrativo, y considerando el contenido del informe recibido, se realiza el siguiente análisis para determinar
la necesidad de sometimiento de la modificación del proyecto al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª, sección 2.ª, capítulo VII del
título I de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
a) C
ontenido de la modificación.
La modificación proyectada consiste en el cambio del trazado de la Línea Aéreo‐Subterránea de Evacuación de 30 kV para cumplir con las distancias y alturas requeridas por
la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Los cambios de la infraestructura de evacuación suponen un aumento de la longitud de la parte subterránea de la evacuación y la
disminución de la longitud del tramo aéreo, así como del número de apoyos a construir.
Miércoles, 13 de abril de 2022
17730
atender visitas guiadas a los yacimientos arqueológicos que se hubieran intervenido con
objeto de dar a conocer a todas aquellas personas interesadas, los hallazgos arqueológicos acontecidos durante el tiempo en el que se desarrolle la campaña de trabajos
arqueológicos. La frecuencia y características de estas visitas guiadas, será objeto de
consulta previa ante esta Dirección General por parte del promotor y representantes de
la dirección arqueológica del proyecto. Estas visitas deberán efectuarse bajo las condiciones de seguridad más adecuadas tanto para el equipo de trabajo como para los visitantes
y para su difusión podrán emplearse los canales y medios más adecuados para tal fin.
— Tras la intervención arqueológica, y siempre que los resultados obtenidos en el marco de
las intervenciones arqueológicas ejecutadas presenten la suficiente relevancia e interés
de científico y/o social, éstos, deberán ser expuestos en una publicación científico-técnica enmarcada dentro de una de las líneas editoriales que esta Dirección General tiene
habilitadas para la divulgación de los estudios arqueológicos en nuestra Región (Memorias de Arqueología Extremeña, Extremadura Arqueológica, Lecturas de Patrimonio
Arqueológico, etc.). El diseño, normas de publicación, así como el número de ejemplares
a publicar, deberá ser previamente acordado con esta Dirección General.
— Del mismo modo, tras la conclusión de las actividades arqueológicas, y teniendo en
cuenta la cuestión relativa al interés de los resultados mencionado en el punto anterior,
la entidad promotora del proyecto proveerá los contenidos y el montaje de una exposición temporal que muestre con carácter divulgativo los resultados e interpretación de los
resultados obtenidos tras la ejecución del proyecto de intervención arqueológica. Esta
exposición será planificada y presentada en los centros museísticos o espacios culturales
que determine la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
Sexto. Una vez analizada la documentación obrante en el expediente administrativo, y considerando el contenido del informe recibido, se realiza el siguiente análisis para determinar
la necesidad de sometimiento de la modificación del proyecto al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª, sección 2.ª, capítulo VII del
título I de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
a) C
ontenido de la modificación.
La modificación proyectada consiste en el cambio del trazado de la Línea Aéreo‐Subterránea de Evacuación de 30 kV para cumplir con las distancias y alturas requeridas por
la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Los cambios de la infraestructura de evacuación suponen un aumento de la longitud de la parte subterránea de la evacuación y la
disminución de la longitud del tramo aéreo, así como del número de apoyos a construir.