Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ganadería. Ayudas. (2022040048)
Decreto 26/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y primera convocatoria para el ejercicio 2022: "Programa de apoyo a la transformación integral y modernización de invernaderos", "Programa de apoyo a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables (Biogás y Biomasa agrícola)", "Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero".
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NÚMERO 72
Miércoles, 13 de abril de 2022

17550

Las solicitudes de las entidades que cumplan con los requisitos para ser beneficiarias serán
sometidas a evaluación por una Comisión de Valoración, que será presidida por el Dirección
de Programas de Mejora y Modernización de Explotaciones Agrarias, asumiendo la secretaría
la persona titular de una Jefatura de Sección, y siendo vocal la persona titular de una Jefatura
de Sección del Servicio de Ayudas Estructurales. Su designación corresponderá a la Dirección
General de Política Agraria Comunitaria, y ajustará su funcionamiento al régimen jurídico de
los órganos colegiados regulado en Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y a lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La composición definitiva de la comisión deberá publicarse, con anterioridad a su constitución,
en el Diario Oficial de Extremadura y en el tablón de anuncios de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio y a través de Internet en el portal oficial de la Consejería: http://www.juntaex.es/con03/.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración
formulará una propuesta de resolución conjunta, debidamente motivada, que expresará la
solicitante o relación de las mismas para las que se propone la concesión de la subvención y
su cuantía y la elevará al órgano competente para resolver. La propuesta del órgano instructor
no podrá separarse del informe de la Comisión de Valoración.
La competencia para dictar la resolución corresponde a la persona titular de la Secretaría
General de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio o, en su caso, el órgano en
quien delegue.
8. Plazo para resolver:
El plazo máximo para resolver de forma expresa y notificar la resolución será de seis meses
contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
9. Notificación:
La resolución del procedimiento se notificará individualmente a las interesadas de acuerdo
con lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La falta de notificación de resolución expresa de la concesión dentro del plazo máximo para
resolver legitima a las interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio ad­
ministrativo, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.