Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ganadería. Ayudas. (2022040048)
Decreto 26/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y primera convocatoria para el ejercicio 2022: "Programa de apoyo a la transformación integral y modernización de invernaderos", "Programa de apoyo a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables (Biogás y Biomasa agrícola)", "Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero".
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NÚMERO 72
Miércoles, 13 de abril de 2022

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b) Actuación 2 - Modernización: consistirá en la realización de una o varias de las inversiones elegibles enumeradas en el artículo 11, en un invernadero preexistente, debiendo
reunir el invernadero resultante al menos las características mínimas establecidas en el
anexo IX. La superficie del invernadero modernizado podrá superar a la del preexistente
sólo en el caso de que el incremento sea necesario para alcanzar la “superficie mínima”
indicada en el anexo IX.
2. C
 on carácter general, para que sean subvencionables las actuaciones deberán cumplir los
siguientes requisitos de inversión mínima:
a) Para la actuación 1 – Transformación integral: 160.000 euros/hectárea
b) Para la actuación 2 – Modernización: 100.000 euros/hectárea
3. L
 as demoliciones apoyarán el objetivo europeo de garantizar que al menos el 70 % (en
peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluyendo el material
natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista Europea de Residuos establecida
por la Decisión 2000/532/EC) generados en el sitio de construcción está preparado para
su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de
relleno utilizando residuos para substituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de
residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE. Los
operadores limitarán la generación de residuos en procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de construcción
y demolición de la UE; teniendo en cuenta las mejores prácticas disponibles, y utilizando
la demolición selectiva para permitir la eliminación manipulación segura de sustancias
peligrosas y facilitar la reutilización y el reciclaje de alta calidad mediante la eliminación
selectiva de materiales, utilizando la clasificación disponible sistemas para residuos de
construcción y demolición. Los diseños de edificios y las técnicas deconstrucción apoyarán
la circularidad y, en particular, demostrarán, con referencia a la norma ISO 20887 u otras
normas para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo
están diseñados para ser más eficientes en el uso de recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y reciclaje utilizando los sistemas de clasificación
disponibles para residuos de construcción y demolición.
Artículo 10. Intensidad máxima y cuantía de la ayuda.
1. L
 a intensidad será la siguiente:
a) Para las inversiones de tipo productivo el 40% del coste elegible.
b) Para las inversiones de tipo no productivo el 65% del coste elegible.