Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022061049)
Resolución de 24 de marzo de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Francisco Otero Valenzuela, en el término municipal de Maguilla (Badajoz).
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NÚMERO 71

17345

Martes, 12 de abril de 2022

La explotación se ubicará en la parcela 154 del polígono 4, del término municipal de Maguilla,
con una superficie de 17,39 Has. Las características esenciales del proyecto se describen en
la presente resolución.
A la vista de los anteriores Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y del informe
técnico, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, la
Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Francisco Otero Valenzuela, para la ampliación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con capacidad de 1.000
cerdos cebo, en el término municipal de Maguilla (Badajoz), incluida en la categoría 1.2.
del anexo II, relativa a “Instalaciones ganaderas, no incluidas en el Anexo I, destinadas a la
cría de ganado porcino, incluyendo jabalíes, que dispongan de más de 350 emplazamientos
o animales autorizados para cerdos de cría y/o 50 emplazamientos o animales para cerdas
reproductoras”, a los efectos recogidos en la referida norma, debiéndose, en todo caso, en el
ejercicio de la actividad, dar cumplimiento al condicionado fijado a continuación y al recogido
en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio del cumplimiento de las prescripciones establecidas en la legislación
sectorial que resulte de aplicación a la actividad en cada momento. El n.º de expediente de
la instalación es el AAU 20/064.
CONDICIONADO AMBIENTAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol.
1. El tratamiento y gestión de los estiércoles sólidos y licuados (purines) que se generen
en esta explotación porcina se llevará a cabo mediante la aplicación de los mismos
como abono orgánico. Para el control de la gestión de estos residuos agroganaderos, la
instalación deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación Agrícola de los estiércoles, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto
158/1999, de 14 de septiembre, de regulación zootécnico sanitaria de las explotaciones
porcinas de Extremadura.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo porcino se
estima en 2.150 m3/año de purines, que suponen unos 7.250 kg de nitrógeno /año; calculados en base a los factores recogidos en el anexo IV del Decreto 158/1999. Todas las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación
Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de Gestión
de Estiércoles.