Consejería De Educación Y Empleo. Acuerdos Laborales. (2022061052)
Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Acuerdo o Pacto Mixto de funcionarios públicos y personal laboral del "Ayuntamiento de Solana de los Barros".
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NÚMERO 70

17061

Lunes, 11 de abril de 2022

PREÁMBULO
El presente Acuerdo tiene su base en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en la legislación que sobre Negociación Colectiva es de aplicación, y regula la totalidad de las relaciones y condiciones de trabajo,
sociales, profesionales, sindicales, económicas y de cualquier otra naturaleza del personal
laboral y funcionario al servicio del Ayuntamiento de Solana de los Barros, sin perjuicio del
régimen jurídico de estos. Ha sido negociado, de una parte, por el Ayuntamiento de Solana de
los Barros y por las organizaciones sindicales CSIF y CCOO. Así mismo, se recogen cláusulas
que promueven medidas a favor de la igualdad en las empresas al amparo de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, que señala la
negociación colectiva como marco ideal para la promoción de medidas concretas para ello.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Ámbito funcional.
Este Acuerdo regula las condiciones de trabajo comunes para personal funcionario y laboral
del Ayuntamiento de Solana de los Barros y, es negociado al amparo de lo dispuesto en la
Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, y lo dispuesto en los artículos 61 y siguientes del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Artículo 2. Ámbito personal.
1. El presente Acuerdo será de aplicación, en los términos establecidos, a todo el personal
municipal, tanto funcionarial como laboral, del Ayuntamiento de Solana de los Barros y
organismos dependientes, ya sean sus organismos autónomos, sociedades mercantiles,
fundaciones y patronatos, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal, con las excepciones indicadas.
2. A
 l personal eventual al que se refiere el artículo 12 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, le será aplicable lo previsto en el presente Acuerdo en lo que sea adecuado a la
naturaleza de su condición.