Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022061044)
Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por Manuel y José Garrido Triviño, CB, en el término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz).
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NÚMERO 70
Lunes, 11 de abril de 2022

17132

emite, en fecha 3 de junio de 2021, informe relativo a la adecuación de la instalación a todos
aquellos aspectos que son de competencia municipal, concretamente los urbanísticos.
Sexto. La explotación porcina cuenta con resolución de impacto ambiental que se incluye
integra en el anexo III de la presente resolución.
Séptimo. Tal y como dispone el artículo 82.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Órgano ambiental dirige
Oficio, en fecha 20 de diciembre de 2021, al Ayuntamiento de Benquerencia de la Serena (Badajoz), a Manuel y José Garrido Triviño CB, así como a las organizaciones no gubernamentales
cuyo objeto sea la defensa de la naturaleza y el desarrollo sostenible con objeto de proceder
al trámite de audiencia a los interesados, otorgándoles el preceptivo trámite de audiencia,
por plazo de diez días.
Octavo. A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3 del
Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, “Se somete a autorización
ambiental unificada el montaje, explotación, traslado o modificación sustancial, de las instalaciones de titularidad pública o privada en las que se desarrolle alguna de las actividades que
se incluyen en el Anexo II de la presente ley”.
La actividad cuya autorización se pretende, se encuentra incluida en el ámbito de aplicación
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En concreto, en la categoría 1.2. del anexo II, relativa a “Instalaciones ganaderas, no incluidas en el anexo I, destinadas a la cría de ganado porcino, incluyendo jabalíes,
que dispongan de más de 350 emplazamientos o animales autorizados para cerdos de cría y/o
50 emplazamientos o animales para cerdas reproductoras”.
La explotación se ubicará en las parcelas 31 y 32 del polígono 508, del término municipal de
Benquerencia de la Serena, con una superficie de 7,58 ha. Las características esenciales del
proyecto se describen en la presente resolución.