Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022061044)
Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por Manuel y José Garrido Triviño, CB, en el término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz).
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 70
Lunes, 11 de abril de 2022
17131
RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la
explotación porcina, promovida por Manuel y José Garrido Triviño, CB, en el
término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz). (2022061044)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 15 de octubre de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la ampliación de una
explotación porcina de cebo en régimen intensivo en el término municipal de Benquerencia de
la Serena, promovida por Manuel y José Garrido Triviño CB con domicilio social en c/ Alfonso
XIII, n.º. 1.º C, CP 28002 de Madrid.
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con capacidad de 1.000 cerdos cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 31 y 32 del polígono 508, del término municipal de
Benquerencia de la Serena, con una superficie de 7,58 ha. Las características esenciales del
proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 19 de febrero de 2021, el Órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 19 de febrero de 2021.
Quinto. Con fecha 24 de mayo de 2021, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de
Benquerencia de la Serena, en el que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde
la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se pronunciara sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local. El Servicio Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benquerencia de la Serena
Lunes, 11 de abril de 2022
17131
RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la
explotación porcina, promovida por Manuel y José Garrido Triviño, CB, en el
término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz). (2022061044)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 15 de octubre de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la ampliación de una
explotación porcina de cebo en régimen intensivo en el término municipal de Benquerencia de
la Serena, promovida por Manuel y José Garrido Triviño CB con domicilio social en c/ Alfonso
XIII, n.º. 1.º C, CP 28002 de Madrid.
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con capacidad de 1.000 cerdos cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 31 y 32 del polígono 508, del término municipal de
Benquerencia de la Serena, con una superficie de 7,58 ha. Las características esenciales del
proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 19 de febrero de 2021, el Órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 19 de febrero de 2021.
Quinto. Con fecha 24 de mayo de 2021, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de
Benquerencia de la Serena, en el que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde
la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se pronunciara sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local. El Servicio Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benquerencia de la Serena