Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Artesanía. Ayudas. (2022060061)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas al apoyo a las empresas artesanas para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 15
Lunes, 24 de enero de 2022
4084
4. Los solicitantes solo podrán presentar una única solicitud de ayudas que englobará todas
las inversiones previstas a realizar para todas las actividades subvencionables detalladas
en el resuelvo cuarto de la presente Resolución.
5. Las solicitudes y demás documentación exigida podrán presentarse, de conformidad con el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, de tal manera que los documentos que los interesados
dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como
en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere
el artículo 2.1 de referida Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
6. Con arreglo a lo previsto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si la solicitud no reúne los requisitos
exigidos, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo
máximo e improrrogable de 10 días, con la advertencia de que si así no lo hiciese se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Noveno. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que
se publiquen en el mismo Diario Oficial de Extremadura, el extracto previsto en el artículo
20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como la presente convocatoria.
Décimo. Órgano instructor y de ordenación.
El órgano encargado de la instrucción y de ordenación del procedimiento será el Servicio de
Comercio Exterior de la Secretaría General de Economía y Comercio.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Lunes, 24 de enero de 2022
4084
4. Los solicitantes solo podrán presentar una única solicitud de ayudas que englobará todas
las inversiones previstas a realizar para todas las actividades subvencionables detalladas
en el resuelvo cuarto de la presente Resolución.
5. Las solicitudes y demás documentación exigida podrán presentarse, de conformidad con el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, de tal manera que los documentos que los interesados
dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como
en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere
el artículo 2.1 de referida Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
6. Con arreglo a lo previsto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si la solicitud no reúne los requisitos
exigidos, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo
máximo e improrrogable de 10 días, con la advertencia de que si así no lo hiciese se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Noveno. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que
se publiquen en el mismo Diario Oficial de Extremadura, el extracto previsto en el artículo
20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como la presente convocatoria.
Décimo. Órgano instructor y de ordenación.
El órgano encargado de la instrucción y de ordenación del procedimiento será el Servicio de
Comercio Exterior de la Secretaría General de Economía y Comercio.
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