Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Artesanía. Ayudas. (2022060061)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas al apoyo a las empresas artesanas para el ejercicio 2022.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 15
4077
Lunes, 24 de enero de 2022
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente resolución, corresponde al titular de la
Secretaría General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en razón de las
competencias atribuidas por el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Según lo previsto en el artículo 3 del citado decreto de bases reguladoras, el procedimiento de concesión de las ayudas, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 del
citado decreto, se efectúa en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria
periódica, siendo iniciado mediante convocatoria pública aprobada por el Secretario General
de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en razón de las competencias atribuidas en materia
de comercio.
Tercero. La convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por todo lo anteriormente expuesto, y en base a la propuesta emitida por el Secretario General de Economía y Comercio de fecha 2 de diciembre de 2021 por la que se propone efectuar
la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 de este tipo de ayudas
RESUELVO
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas para el incremento de la base productiva y la mejora de la competitividad del sector artesano de
Extremadura para el ejercicio 2022.
2. Estas ayudas se hallan reguladas en el Decreto 53/2015, de 7 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el incremento de la base productiva y la
mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura y se aprueba la primera
convocatoria de ayudas para el ejercicio económico 2015 (DOE núm. 69, de 13 de abril de
2015).
Segundo. Beneficiarios y requisitos para ser beneficiarios.
1. P
odrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que se encuentren
inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
4077
Lunes, 24 de enero de 2022
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente resolución, corresponde al titular de la
Secretaría General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en razón de las
competencias atribuidas por el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Según lo previsto en el artículo 3 del citado decreto de bases reguladoras, el procedimiento de concesión de las ayudas, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 del
citado decreto, se efectúa en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria
periódica, siendo iniciado mediante convocatoria pública aprobada por el Secretario General
de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en razón de las competencias atribuidas en materia
de comercio.
Tercero. La convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por todo lo anteriormente expuesto, y en base a la propuesta emitida por el Secretario General de Economía y Comercio de fecha 2 de diciembre de 2021 por la que se propone efectuar
la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 de este tipo de ayudas
RESUELVO
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas para el incremento de la base productiva y la mejora de la competitividad del sector artesano de
Extremadura para el ejercicio 2022.
2. Estas ayudas se hallan reguladas en el Decreto 53/2015, de 7 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el incremento de la base productiva y la
mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura y se aprueba la primera
convocatoria de ayudas para el ejercicio económico 2015 (DOE núm. 69, de 13 de abril de
2015).
Segundo. Beneficiarios y requisitos para ser beneficiarios.
1. P
odrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que se encuentren
inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Podrás leer todo el contenido en la fuente oficial del
Diario Oficial de Extremadura
en 20
segundos
Únicamente los usuarios registrados tienen sin esperas (y más ventajas) a la información oficial.
Iniciar sesión Crear cuenta Registrarse ahora es gratis (no lo será siempre), muy rápido y sencillo.