Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Artesanía. Ayudas. (2022060061)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas al apoyo a las empresas artesanas para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 15
Lunes, 24 de enero de 2022
4089
b) En el caso de edición de material promocional o de materiales didácticos, un original de
cada uno de los elementos editados o adquiridos.
9. L
os beneficiarios deberán aportar el Alta de Terceros debidamente cumplimentada, en caso
de no estar dado de alta en el subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura.
10. Declarado por el Secretario General de Economía y Comercio el cumplimiento en tiempo
y forma de las condiciones y la finalidad determinada en la resolución de concesión de
la subvención, se liquidará y se abonará de una sola vez la subvención que corresponda.
Décimo quinto. Financiación de las ayudas.
1. El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado con cargo a
la aplicación presupuestaria 14003341A77000, Código de Proyecto de gasto 20150291, de
la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022
denominada “Apoyo a las empresas artesanas”, dotado con un importe de cuatrocientos
cincuenta mil euros (450.000€), cofinanciados por FEDER (80%) y fondos de la Comunidad
Autónoma (20%), con origen PO 2014-2020. (Objetivo temático 3. Prioridad de la inversión
3.3. “El apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de
productos y servicios”; Objetivo específico OE.3.3.1. “Apoyo a la creación y ampliación de
capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y de servicios”).
2. La convocatoria seguirá el procedimiento de tramitación anticipada previsto en regla 69 de
la Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad
para la Junta de Extremadura. En todo caso, la convocatoria queda sometida a la condición
suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022.
Décimo sexto. Compatibilidad de las ayudas.
1. Las ayudas previstas en la presente convocatoria serán incompatibles con otras subvenciones a fondo perdido, que, para las mismas finalidades, hayan sido concedidas por las
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o
de organismos internacionales.
Quedan exceptuadas de este régimen de incompatibilidades las subvenciones a fondo
perdido que procedan de operaciones amparadas por líneas de financiación prioritaria del
tejido empresarial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con los límites previstos
en su normativa reguladora, en particular en lo relativo a las reglas de acumulación, así
como las ayudas otorgadas a través de la concertación de Convenios de Colaboración interadministrativos.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Lunes, 24 de enero de 2022
4089
b) En el caso de edición de material promocional o de materiales didácticos, un original de
cada uno de los elementos editados o adquiridos.
9. L
os beneficiarios deberán aportar el Alta de Terceros debidamente cumplimentada, en caso
de no estar dado de alta en el subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura.
10. Declarado por el Secretario General de Economía y Comercio el cumplimiento en tiempo
y forma de las condiciones y la finalidad determinada en la resolución de concesión de
la subvención, se liquidará y se abonará de una sola vez la subvención que corresponda.
Décimo quinto. Financiación de las ayudas.
1. El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado con cargo a
la aplicación presupuestaria 14003341A77000, Código de Proyecto de gasto 20150291, de
la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022
denominada “Apoyo a las empresas artesanas”, dotado con un importe de cuatrocientos
cincuenta mil euros (450.000€), cofinanciados por FEDER (80%) y fondos de la Comunidad
Autónoma (20%), con origen PO 2014-2020. (Objetivo temático 3. Prioridad de la inversión
3.3. “El apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de
productos y servicios”; Objetivo específico OE.3.3.1. “Apoyo a la creación y ampliación de
capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y de servicios”).
2. La convocatoria seguirá el procedimiento de tramitación anticipada previsto en regla 69 de
la Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad
para la Junta de Extremadura. En todo caso, la convocatoria queda sometida a la condición
suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022.
Décimo sexto. Compatibilidad de las ayudas.
1. Las ayudas previstas en la presente convocatoria serán incompatibles con otras subvenciones a fondo perdido, que, para las mismas finalidades, hayan sido concedidas por las
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o
de organismos internacionales.
Quedan exceptuadas de este régimen de incompatibilidades las subvenciones a fondo
perdido que procedan de operaciones amparadas por líneas de financiación prioritaria del
tejido empresarial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con los límites previstos
en su normativa reguladora, en particular en lo relativo a las reglas de acumulación, así
como las ayudas otorgadas a través de la concertación de Convenios de Colaboración interadministrativos.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa