Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Delegación De Competencias. (2022060121)
Resolución de 13 de enero de 2022, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se delegan en la titular de la Secretaría General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda competencias en materia expropiatoria.
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NÚMERO 15
Lunes, 24 de enero de 2022
3941
RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2022, del Vicepresidente Segundo y
Consejero, por la que se delegan en la titular de la Secretaría General de
la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda competencias en materia
expropiatoria. (2022060121)
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales tiene atribuidas las competencias en materia
de sanidad mediante el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se
modifica la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE número 233, de 3 de diciembre), estando adscrito a la misma el Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud
(SES) según la disposición adicional primera del Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y
se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del
Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38.b) en la redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, correspondiendo a los Consejeros el ejercicio ordinario de esta potestad dentro
del ámbito competencial de cada Consejería, de conformidad con lo previsto en la Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento aprobado por Decreto de
26 de abril de 1957, en relación con el artículo 36.k) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (DOE núm. 214, de 6 de noviembre) de conformidad con lo dispuesto en su artículo 2.1 atribuye a su Secretaría General la competencia
para la tramitación y ejecución de los procesos expropiatorios que se sigan a instancia de los
demás órganos de esta Consejería y aquellos otros que, en su caso, sean objeto de delegación en la persona titular de la Secretaría General, por cualquier órgano integrado en la administración autonómica, así como la asistencia técnico jurídica en la materia a las unidades
orgánicas que la integran.
Para el ejercicio de dicha competencia se integra en la Secretaría General de la Consejería
de Movilidad, Transporte y Vivienda, la unidad administrativa denominada Servicio de
Expropiaciones.
Razones de eficacia y eficiencia administrativa, así como la experiencia técnica de esta unidad administrativa en la tramitación de los procedimientos administrativos de expropiación
aconsejan la presente delegación de competencias en materia expropiatoria por esta Consejería de Sanidad y Servicios Sociales en la Secretaría General de la Consejería de Movilidad,
Transporte y Vivienda.
Lunes, 24 de enero de 2022
3941
RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2022, del Vicepresidente Segundo y
Consejero, por la que se delegan en la titular de la Secretaría General de
la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda competencias en materia
expropiatoria. (2022060121)
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales tiene atribuidas las competencias en materia
de sanidad mediante el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se
modifica la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE número 233, de 3 de diciembre), estando adscrito a la misma el Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud
(SES) según la disposición adicional primera del Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y
se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del
Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38.b) en la redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, correspondiendo a los Consejeros el ejercicio ordinario de esta potestad dentro
del ámbito competencial de cada Consejería, de conformidad con lo previsto en la Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento aprobado por Decreto de
26 de abril de 1957, en relación con el artículo 36.k) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (DOE núm. 214, de 6 de noviembre) de conformidad con lo dispuesto en su artículo 2.1 atribuye a su Secretaría General la competencia
para la tramitación y ejecución de los procesos expropiatorios que se sigan a instancia de los
demás órganos de esta Consejería y aquellos otros que, en su caso, sean objeto de delegación en la persona titular de la Secretaría General, por cualquier órgano integrado en la administración autonómica, así como la asistencia técnico jurídica en la materia a las unidades
orgánicas que la integran.
Para el ejercicio de dicha competencia se integra en la Secretaría General de la Consejería
de Movilidad, Transporte y Vivienda, la unidad administrativa denominada Servicio de
Expropiaciones.
Razones de eficacia y eficiencia administrativa, así como la experiencia técnica de esta unidad administrativa en la tramitación de los procedimientos administrativos de expropiación
aconsejan la presente delegación de competencias en materia expropiatoria por esta Consejería de Sanidad y Servicios Sociales en la Secretaría General de la Consejería de Movilidad,
Transporte y Vivienda.