Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060101)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de centro de tratamiento de vehículos al final de su vida útil y almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos y almacenamiento de RAEEs y su modificación sustancial, promovido por Chatarras y Metales del Guadiana, SL, en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 13
Jueves, 20 de enero de 2022
3706
a más de dos alturas, excepto en caso de que disponga de los equipos adecuados de seguridad homologados.
Se dispondrá de viales internos que permitan el acceso de vehículos, que ocupará una
superficie de 3.200 m2.
La única zona de almacenamiento de la instalación que no dispondrá de solera de hormigón impermeabilizada será la zona destinada exclusivamente al almacenamiento de
chatarra no peligrosa descontaminada, que no contengan residuos que puedan lixiviar
sustancias contaminantes (5.860 m2). Esta superficie será de zahorra compactada que
evite la lixiviación.
18. E
n ningún caso habrá vehículos al final de su vida útil sin descontaminar fuera de la zona
de recepción o del área de descontaminación.
19. D
eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este
procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurarse de que los residuos
recogidos para su almacenamiento coinciden con los indicados en a.1, a.2 o a.3 y llevar un
registro de los residuos recogidos y almacenados, con el contenido indicado en el capítulo
-h -El procedimiento de admisión de residuos deberá contemplar, al menos:
a) Identificar origen, productor y titular del residuo.
b) Registrar el peso de los residuos, mediante bascula al efecto, diferenciando entre el
tipo de residuo.
c) Inspección visual de los residuos recogidos.
20. L
a instalación dispondrá de medidas de seguridad que impidan el libre acceso a la misma
a fin de evitar la entrada o salida de residuos fuera del procedimiento de admisión de
residuos o la manipulación por parte de terceros. El registro de residuos gestionados incluirá información sobre la detección de este tipo de incidencias. Al menos, se dispondrá
de vallado perimetral y control de accesos de conformidad con el punto 1.f) del anexo VIII
del Real Decreto 27/2021, de 19 de enero.
21. M
ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. A tal efecto, sin
perjuicio de otras medidas que se consideren convenientes:
a) Las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos
por el viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo. Asimismo, deberán evitar la penetración de las aguas de lluvias.
Jueves, 20 de enero de 2022
3706
a más de dos alturas, excepto en caso de que disponga de los equipos adecuados de seguridad homologados.
Se dispondrá de viales internos que permitan el acceso de vehículos, que ocupará una
superficie de 3.200 m2.
La única zona de almacenamiento de la instalación que no dispondrá de solera de hormigón impermeabilizada será la zona destinada exclusivamente al almacenamiento de
chatarra no peligrosa descontaminada, que no contengan residuos que puedan lixiviar
sustancias contaminantes (5.860 m2). Esta superficie será de zahorra compactada que
evite la lixiviación.
18. E
n ningún caso habrá vehículos al final de su vida útil sin descontaminar fuera de la zona
de recepción o del área de descontaminación.
19. D
eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este
procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurarse de que los residuos
recogidos para su almacenamiento coinciden con los indicados en a.1, a.2 o a.3 y llevar un
registro de los residuos recogidos y almacenados, con el contenido indicado en el capítulo
-h -El procedimiento de admisión de residuos deberá contemplar, al menos:
a) Identificar origen, productor y titular del residuo.
b) Registrar el peso de los residuos, mediante bascula al efecto, diferenciando entre el
tipo de residuo.
c) Inspección visual de los residuos recogidos.
20. L
a instalación dispondrá de medidas de seguridad que impidan el libre acceso a la misma
a fin de evitar la entrada o salida de residuos fuera del procedimiento de admisión de
residuos o la manipulación por parte de terceros. El registro de residuos gestionados incluirá información sobre la detección de este tipo de incidencias. Al menos, se dispondrá
de vallado perimetral y control de accesos de conformidad con el punto 1.f) del anexo VIII
del Real Decreto 27/2021, de 19 de enero.
21. M
ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. A tal efecto, sin
perjuicio de otras medidas que se consideren convenientes:
a) Las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos
por el viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo. Asimismo, deberán evitar la penetración de las aguas de lluvias.