Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2021063170)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 207
Miércoles, 27 de octubre de 2021

50691

5. R
 elacionarse directamente con las Administraciones Públicas, y con cualquier persona
pública o privada con respecto a cuantas materias sean competencia del Colegio.
6. O
 rdenar los pagos.
7. Será Presidente nato de todas las Comisiones que se nombren y de las Secciones, con
la facultad de delegar en miembros de la Junta.
8. E
 l Presidente tendrá voto de calidad.
9. O
 stentará la representación del Colegio y la dirección del mismo. Podrá otorgar mandatos, inclusive especiales, a favor de los Procuradores de los Tribunales o de cualesquiera
otras personas para el ejercicio de los derechos e intereses de todo orden que a la profesión farmacéutica afecten en el ámbito territorial del Colegio.
Artículo 26. Secretario.
Compete al Secretario, quien podrá auxiliarse del personal correspondiente:
1. L
 a redacción de las actas y acuerdos de las sesiones y vigilar su transcripción en los
libros correspondientes. Las actas se aprobarán por mayoría de los miembros presentes
en la siguiente sesión que se celebre y serán firmadas por el Secretario con el visto bueno del Presidente, estableciéndose, con carácter general, un plazo no superior a un mes
para la ejecución de los acuerdos, exceptuándose aquellos que necesiten de un tiempo
superior para su ejecución.
2. L
 levar el libro registro de entrada y salida de documentos.
3. L
 levar el libro registro de farmacéuticos procedentes de otros Colegios Profesionales.
4. L
 levar el libro registro de títulos de Licenciado, Graduado y de Doctor en Farmacia.
5. R
 edactar la Memoria anual, redactar y firmar los documentos y, cuando proceda, con el
visto bueno del Presidente.
6. C
 uidar del fichero de colegiados y de cualesquiera otros ficheros de datos de carácter
personal, públicos o privados de la responsabilidad del Colegio, en los términos
establecidos.
7. D
 ictar normas para la buena marcha de la Oficina de Secretaría.
8. P
 roponer a la Junta de Gobierno el nombramiento, sustitución y cese del personal, del
cual ostentará su jefatura, previo el cumplimiento de las formalidades a que haya lugar.