Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063144)
Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se modifica la autorización ambiental unificada AAU11/282, de 25 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la gestión de residuos, de residuos peligrosos y no peligrosos y centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil promovido por Faustino Sánchez Chatarra y Métales, SL, en el término municipal de Almendralejo. En cumplimiento de lo indicado en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
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NÚMERO 206
Martes, 26 de octubre de 2021
50416
RESOLUCIÓN DE 14 DE FEBRERO DE 2014, DEL CONSEJERO DE
AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA,
POR LA QUE SE ADOPTA LA DECISIÓN DE NO SOMETER A EVALUACIÓN
DE IMPACTO AMBIENTAL ORDINARIA, EN LA FORMA PREVISTA EN LA
LEY 5/2010, EL PROYECTO DE CENTRO DE GESTIÓN DE RESIDUOS
PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS Y CENTRO AUTORIZADO DE
TRATAMIENTO DE VEHÍCULOS FUERA DE USO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL
DE ALMENDRALEJO. IA12/01799.
ANTECEDENTES DE HECHO
Solicitud del Promotor
Con fecha 28 de junio de 2013 se recibe en esta Dirección de Programas de Impacto Ambiental documento ambiental correspondiente al proyecto de Centro de gestión de residuos
peligrosos y no peligrosos y centro autorizado de tratamiento de vehículos fuera de uso
(CAT) en el término municipal de Almendralejo, con el fin de decidir acerca de su sometimiento o no al trámite de evaluación de impacto ambiental.
Normativa aplicable
El proyecto de centro de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos y centro autorizado
de tratamiento de vehículos fuera de uso, se encuentra incluido en el Anexo II-B, Grupo
9, apartado e) de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Por tanto, según el artículo 36, solo deberá someterse a este trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria en la forma prevista en
dicha disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.
Descripción del proyecto
El proyecto consiste en la ampliación de un centro de gestión de residuos peligrosos y no
peligrosos. La ampliación consistirá en la implantación de una actividad destinada a la recepción y descontaminación de vehículos fuera de uso y a la recepción y almacenamiento
de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Las parcelas sobre las que se ubicará la actuación cuentan con una superficie total de
13.532 m2, ocupando la actividad una superficie de 11.152 m2. La nave que se proyecta
para la ampliación de la actividad tendrá una superficie de 847 m2.
Las zonas en las que se dividirá la ampliación son las siguientes:
Martes, 26 de octubre de 2021
50416
RESOLUCIÓN DE 14 DE FEBRERO DE 2014, DEL CONSEJERO DE
AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA,
POR LA QUE SE ADOPTA LA DECISIÓN DE NO SOMETER A EVALUACIÓN
DE IMPACTO AMBIENTAL ORDINARIA, EN LA FORMA PREVISTA EN LA
LEY 5/2010, EL PROYECTO DE CENTRO DE GESTIÓN DE RESIDUOS
PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS Y CENTRO AUTORIZADO DE
TRATAMIENTO DE VEHÍCULOS FUERA DE USO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL
DE ALMENDRALEJO. IA12/01799.
ANTECEDENTES DE HECHO
Solicitud del Promotor
Con fecha 28 de junio de 2013 se recibe en esta Dirección de Programas de Impacto Ambiental documento ambiental correspondiente al proyecto de Centro de gestión de residuos
peligrosos y no peligrosos y centro autorizado de tratamiento de vehículos fuera de uso
(CAT) en el término municipal de Almendralejo, con el fin de decidir acerca de su sometimiento o no al trámite de evaluación de impacto ambiental.
Normativa aplicable
El proyecto de centro de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos y centro autorizado
de tratamiento de vehículos fuera de uso, se encuentra incluido en el Anexo II-B, Grupo
9, apartado e) de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Por tanto, según el artículo 36, solo deberá someterse a este trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria en la forma prevista en
dicha disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.
Descripción del proyecto
El proyecto consiste en la ampliación de un centro de gestión de residuos peligrosos y no
peligrosos. La ampliación consistirá en la implantación de una actividad destinada a la recepción y descontaminación de vehículos fuera de uso y a la recepción y almacenamiento
de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Las parcelas sobre las que se ubicará la actuación cuentan con una superficie total de
13.532 m2, ocupando la actividad una superficie de 11.152 m2. La nave que se proyecta
para la ampliación de la actividad tendrá una superficie de 847 m2.
Las zonas en las que se dividirá la ampliación son las siguientes: