Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063144)
Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se modifica la autorización ambiental unificada AAU11/282, de 25 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la gestión de residuos, de residuos peligrosos y no peligrosos y centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil promovido por Faustino Sánchez Chatarra y Métales, SL, en el término municipal de Almendralejo. En cumplimiento de lo indicado en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
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NÚMERO 206
Martes, 26 de octubre de 2021
50386
Este real decreto en su disposición transitoria primera. “Adaptación de los CAT a las previsiones de este Real Decreto”, en el punto 2 indican: “Las autoridades competentes actualizarán
el contenido de las autorizaciones, incorporando los nuevos códigos comunicados, así como
las condiciones adicionales que, en su caso, tengan que cumplir los titulares de las instalaciones. Todo ello sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que
tengan atribuidas las Administraciones públicas”.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, fundamentos de derecho, y una vez finalizados los trámites reglamentarios para el expediente de referencia, esta Dirección General
de Medio Ambiente
RESUELVE
Modificar la autorización ambiental unificada a favor de a favor de Faustino Sánchez Chatarras
y Metales, SL, para la instalación y puesta en marcha del proyecto de gestión de residuos de
residuos peligrosos y no peligrosos y centro autorizado de tratamiento de vehículos al final
de su vida útil (epígrafe 9.1 y 9.3 del anexo II del Decreto 81/2011), en el término municipal de Almendralejo (Badajoz), a los efectos recogidos en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de
prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Decreto
81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El n.º de expediente de la
instalación es el AAU 11/282.
La modificación afecta únicamente al apartado a del condicionado - Medidas relativas a los
residuos gestionados por la actividad.
CONDICIONANTES DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA.
- a - Medidas relativas a los residuos gestionados por la actividad.
1. G
estión de vehículos al final de su vida útil.
1. A la vista de la documentación aportada, se autoriza la recepción, almacenamiento
temporal y descontaminación, así como el desmontaje posterior a fin de posibilitar la
reutilización, reciclado y valorización del siguiente residuo:
— Residuos peligrosos:
Martes, 26 de octubre de 2021
50386
Este real decreto en su disposición transitoria primera. “Adaptación de los CAT a las previsiones de este Real Decreto”, en el punto 2 indican: “Las autoridades competentes actualizarán
el contenido de las autorizaciones, incorporando los nuevos códigos comunicados, así como
las condiciones adicionales que, en su caso, tengan que cumplir los titulares de las instalaciones. Todo ello sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que
tengan atribuidas las Administraciones públicas”.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, fundamentos de derecho, y una vez finalizados los trámites reglamentarios para el expediente de referencia, esta Dirección General
de Medio Ambiente
RESUELVE
Modificar la autorización ambiental unificada a favor de a favor de Faustino Sánchez Chatarras
y Metales, SL, para la instalación y puesta en marcha del proyecto de gestión de residuos de
residuos peligrosos y no peligrosos y centro autorizado de tratamiento de vehículos al final
de su vida útil (epígrafe 9.1 y 9.3 del anexo II del Decreto 81/2011), en el término municipal de Almendralejo (Badajoz), a los efectos recogidos en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de
prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Decreto
81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El n.º de expediente de la
instalación es el AAU 11/282.
La modificación afecta únicamente al apartado a del condicionado - Medidas relativas a los
residuos gestionados por la actividad.
CONDICIONANTES DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA.
- a - Medidas relativas a los residuos gestionados por la actividad.
1. G
estión de vehículos al final de su vida útil.
1. A la vista de la documentación aportada, se autoriza la recepción, almacenamiento
temporal y descontaminación, así como el desmontaje posterior a fin de posibilitar la
reutilización, reciclado y valorización del siguiente residuo:
— Residuos peligrosos: