Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Amojonamiento. (2021050182)
Orden de 13 de octubre de 2021 por la que se aprueba el amojonamiento total administrativo del monte n.º 120 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Cáceres, denominado "Sierra Fría", propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y situado en el término municipal de Valencia de Alcántara.
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NÚMERO 206

50308

Martes, 26 de octubre de 2021

Vistos el Estatuto de Autonomía de Extremadura; la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de
Extremadura; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; el Decreto 485/1962, 22 noviembre, Reglamento de Montes; Decreto 89/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, de acuerdo con el
informe del Jefe de Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, a propuesta de la Dirección
General de Política Forestal,
RESUELVE:
Primero. Aprobar el amojonamiento total administrativo del monte número 120 del Catálogo
de Montes de Utilidad Pública de Cáceres, denominado “Sierra Fría” propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y situado en el término municipal de Valencia de Alcántara,
de acuerdo con la Memoria Previa de amojonamiento, las Actas, el Informe del Ingeniero
Operador, el Registro Topográfico de mojones y los Planos que figuran en el expediente.
Segundo. Ordenar el envío al Registro de la Propiedad de certificación por duplicado de la
presente orden, para hacerla constar por nota al margen de la inscripción del monte, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 148.2 del Reglamento de Montes.
Frente a este acto, que agota la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de su publicación o notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación o notificación,
ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el
artículo 102.1 de la mencionada Ley 1/2002, de 28 de febrero, y lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados en el procedimiento
puedan interponer o ejercitar cualquier otro recurso o acción que estimen procedente.
Mérida, 13 de octubre de 2021.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL