Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2021040152)
Corrección errores del Decreto 114/2021, de 29 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 206
Martes, 26 de octubre de 2021
50251
materia de comercio interior, como órgano competente para la concesión de subvenciones así
como para la aprobación del gasto, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo.
El plazo máximo para resolver de forma expresa y notificar la resolución será de tres meses,
a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.
La resolución del procedimiento se notificará individualmente a los interesados de acuerdo
con lo previsto en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra dicha resolución, que
no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante
la persona titular de la Consejería que ejerza competencias en materia de comercio interior,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se notifique el acto expreso. Si
el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso
de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su
normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Artículo 12. Ejecución y justificación de las inversiones.
1. L
a resolución de concesión establecerá un plazo para la ejecución y justificación de las inversiones, conforme el cronograma de ejecución presentado por el beneficiario junto con la
solicitud de ayuda. Dentro de este plazo deberá realizarse las inversiones y deberán estar
fechadas las facturas y sus correspondientes justificantes de pago.
Las convocatorias podrán establecer con carácter general un plazo máximo para la ejecución y justificación de las inversiones.
2. La ejecución y pago de las inversiones será posterior a la fecha de presentación de la solicitud y, tras la comprobación de no inicio, sin que con ello se prejuzgue la concesión de la
ayuda solicitada. El acto de comprobación de no inicio se realizará mediante la presentación de una declaración responsable del interesado, según se hace constar en la solicitud.
En el caso de que la inversión contemple obra civil, la declaración deberá ir acompañada
de fotografías en las que se muestre el estado anterior a la ejecución de la actividad para
la que se solicita la ayuda.
3. L
a cuenta justificativa del gasto deberá incluir una declaración de las actividades realizadas
y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos, debidamente ordenados
y numerados, con especificación de los preceptores y los importes correspondientes, así
como la forma y medios de pagos utilizados.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Martes, 26 de octubre de 2021
50251
materia de comercio interior, como órgano competente para la concesión de subvenciones así
como para la aprobación del gasto, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo.
El plazo máximo para resolver de forma expresa y notificar la resolución será de tres meses,
a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.
La resolución del procedimiento se notificará individualmente a los interesados de acuerdo
con lo previsto en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra dicha resolución, que
no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante
la persona titular de la Consejería que ejerza competencias en materia de comercio interior,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se notifique el acto expreso. Si
el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso
de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su
normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Artículo 12. Ejecución y justificación de las inversiones.
1. L
a resolución de concesión establecerá un plazo para la ejecución y justificación de las inversiones, conforme el cronograma de ejecución presentado por el beneficiario junto con la
solicitud de ayuda. Dentro de este plazo deberá realizarse las inversiones y deberán estar
fechadas las facturas y sus correspondientes justificantes de pago.
Las convocatorias podrán establecer con carácter general un plazo máximo para la ejecución y justificación de las inversiones.
2. La ejecución y pago de las inversiones será posterior a la fecha de presentación de la solicitud y, tras la comprobación de no inicio, sin que con ello se prejuzgue la concesión de la
ayuda solicitada. El acto de comprobación de no inicio se realizará mediante la presentación de una declaración responsable del interesado, según se hace constar en la solicitud.
En el caso de que la inversión contemple obra civil, la declaración deberá ir acompañada
de fotografías en las que se muestre el estado anterior a la ejecución de la actividad para
la que se solicita la ayuda.
3. L
a cuenta justificativa del gasto deberá incluir una declaración de las actividades realizadas
y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos, debidamente ordenados
y numerados, con especificación de los preceptores y los importes correspondientes, así
como la forma y medios de pagos utilizados.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa