Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063158)
Resolución de 15 de octubre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada para el proyecto de gestión de residuos metálicos no peligrosos, promovido por Movilex Recycling España, SL, en el término municipal de Lobón.
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NÚMERO 205

50178

Lunes, 25 de octubre de 2021

Contaminación Atmosférica.
14. Se llevarán a cabo, por parte de organismos de control autorizado (OCA) que actúen bajo
el alcance de su acreditación como laboratorio de ensayo otorgada, conforme a la norma
UNE-EN ISO/IEC 17025, por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) u otro organismo
nacional de acreditación designado de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 765/2008
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, controles externos de las
emisiones de todos los contaminantes atmosféricos sujetos a control en la AAI con la
frecuencia indicada a continuación:

Foco

(1)

1
(1)

Frecuencia del control externo
Al menos, cada dos años.

Según numeración indicada en el apartado c.1.

Como primer control externo se tomará el referido en el apartado g.2.
15. El titular de la instalación deberá llevar un autocontrol de sus emisiones a la atmósfera, que
incluirá el seguimiento de los valores de emisión de contaminantes sujetos a control en la
AAI. Para ello, podrá contar con el apoyo de organismos de control autorizado (OCA) que
actúen bajo el alcance de su acreditación como laboratorio de ensayo otorgada, conforme
a la norma UNE-EN ISO/ IEC 17025, por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) u
otro organismo nacional de acreditación designado de acuerdo con el Reglamento (CE)
n.º 765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008. En el caso
de que los medios empleados para llevar a cabo las analíticas fuesen los de la propia
instalación, estos medios serán los adecuados y con el mismo nivel exigido a un OCA. La
frecuencia de estos autocontroles será la siguiente:

Foco

(1)

1
(1)

Frecuencia del control interno
Al menos, cada año.

Según numeración indicada en el apartado c.1

A efectos de cumplimiento de la frecuencia establecida en este punto, los controles externos
podrán computar como autocontroles.