Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Protección Social. Ayudas. (2021063157)
Resolución de 20 de octubre de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 6 de octubre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias para 2021.
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NÚMERO 204
Viernes, 22 de octubre de 2021
49945
ACUERDO DE 6 DE OCTUBRE DE 2021 DEL CONSEJO DE GOBIERNO
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, POR EL QUE SE APRUEBA EL
PROGRAMA DE COLABORACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL PARA AYUDAS
EXTRAORDINARIAS DE APOYO SOCIAL PARA CONTINGENCIAS PARA 2021.
La Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura (LGAMEX, en lo sucesivo) materializa los tres pilares esenciales de un modelo sólido de gobierno
local: competencia, financiación y sistema institucional de garantía. El reconocimiento de un
elenco de materias y funciones propias de la competencia municipal precisaba de un avance
en la participación en los ingresos de la Comunidad Autónoma, como fuente de financiación
local prevista en el artículo 142 de la Constitución Española. Por ello, dicha ley traza los ejes
principales por los que han de discurrir las relaciones financieras entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y las entidades locales, de manera que se abandone progresivamente
la financiación condicionada, principalmente, a través de subvenciones, de modo que estas
se vehiculen fundamentalmente a través de la financiación incondicionada conforme al artículo 60 del propio Estatuto, en línea con lo previsto en el artículo 9 de la Carta Europea de
Autonomía Local, admitiendo exclusivamente la condicionalidad en supuestos justificados y
taxativamente previstos.
Al amparo de esta nueva ley, se ha puesto en marcha una novedosa forma de colaboración
económica de la Comunidad Autónoma con las entidades locales consistente en la aprobación
de diversos Programas de Colaboración Económica Municipal, principalmente en los sectores
de los servicios sociales, de la educación y del empleo, experiencias pilotos previstas entonces
en la disposición transitoria séptima de la LGAMEX y plasmados, primero, en la Ley 1/2021,
de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2021 y, posteriormente, en los diversos Decretos que concretaban las condiciones
de gestión y ejecución presupuestaria de cada uno de los Programas, previa concertación
en el seno del Consejo de Política Local. Como señalaba la exposición de motivos de la ley
presupuestaria, se crean estos Programas como un medio de financiación adicional al Fondo
incondicionado para las entidades locales de la Comunidad Autónoma, configurándose como
transferencias con cargo a una serie de dotaciones que no tienen carácter condicionado, siendo responsabilidad de los ayuntamientos destinar esos recursos a la finalidad para la que han
sido asignados, garantizando con ello una mayor eficiencia y autonomía de gestión municipal,
en términos de la Carta Europea de Autonomía Local y de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de
Garantía de la Autonomía Municipal.
Con el propósito de reforzar la autonomía de las entidades locales extremeñas y de agilizar la
gestión de los recursos financieros necesarios para el desarrollo efectivo de las competencias
de los municipios, mediante el Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Viernes, 22 de octubre de 2021
49945
ACUERDO DE 6 DE OCTUBRE DE 2021 DEL CONSEJO DE GOBIERNO
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, POR EL QUE SE APRUEBA EL
PROGRAMA DE COLABORACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL PARA AYUDAS
EXTRAORDINARIAS DE APOYO SOCIAL PARA CONTINGENCIAS PARA 2021.
La Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura (LGAMEX, en lo sucesivo) materializa los tres pilares esenciales de un modelo sólido de gobierno
local: competencia, financiación y sistema institucional de garantía. El reconocimiento de un
elenco de materias y funciones propias de la competencia municipal precisaba de un avance
en la participación en los ingresos de la Comunidad Autónoma, como fuente de financiación
local prevista en el artículo 142 de la Constitución Española. Por ello, dicha ley traza los ejes
principales por los que han de discurrir las relaciones financieras entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y las entidades locales, de manera que se abandone progresivamente
la financiación condicionada, principalmente, a través de subvenciones, de modo que estas
se vehiculen fundamentalmente a través de la financiación incondicionada conforme al artículo 60 del propio Estatuto, en línea con lo previsto en el artículo 9 de la Carta Europea de
Autonomía Local, admitiendo exclusivamente la condicionalidad en supuestos justificados y
taxativamente previstos.
Al amparo de esta nueva ley, se ha puesto en marcha una novedosa forma de colaboración
económica de la Comunidad Autónoma con las entidades locales consistente en la aprobación
de diversos Programas de Colaboración Económica Municipal, principalmente en los sectores
de los servicios sociales, de la educación y del empleo, experiencias pilotos previstas entonces
en la disposición transitoria séptima de la LGAMEX y plasmados, primero, en la Ley 1/2021,
de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2021 y, posteriormente, en los diversos Decretos que concretaban las condiciones
de gestión y ejecución presupuestaria de cada uno de los Programas, previa concertación
en el seno del Consejo de Política Local. Como señalaba la exposición de motivos de la ley
presupuestaria, se crean estos Programas como un medio de financiación adicional al Fondo
incondicionado para las entidades locales de la Comunidad Autónoma, configurándose como
transferencias con cargo a una serie de dotaciones que no tienen carácter condicionado, siendo responsabilidad de los ayuntamientos destinar esos recursos a la finalidad para la que han
sido asignados, garantizando con ello una mayor eficiencia y autonomía de gestión municipal,
en términos de la Carta Europea de Autonomía Local y de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de
Garantía de la Autonomía Municipal.
Con el propósito de reforzar la autonomía de las entidades locales extremeñas y de agilizar la
gestión de los recursos financieros necesarios para el desarrollo efectivo de las competencias
de los municipios, mediante el Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,