Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020062245)
Resolución de 8 de octubre de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina de cebo, promovida por Explotación Agropecuaria Cantalgallo, SA, en los términos municipales de Campillo de Llerena y Peraleda del Zaucejo (Badajoz).
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NÚMERO 215
Viernes, 6 de noviembre de 2020

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ciones ecológicas. Capítulo 6. Identificación de los impactos ambientales. Capítulo 7.
Descripción y valoración de los impactos. Capítulo 8. Propuesta de medidas preventivas,
correctoras y compensatorias. Capítulo 9. Emisiones a la atmósfera. Capítulo 10. Emisiones al agua. Capítulo 11. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.
En los antecedentes se hace una descripción de la normativa, ubicación del proyecto,
objeto del proyecto, descripción y clasificación de la actividad. En la descripción de la
explotación se hace una descripción de edificaciones, consumos, manejo de la explotación.
En las emisiones emitidas se describen las exigencias previsibles en el tiempo, los tipos y
cantidades de residuos y emisiones generadas.
El estudio de impacto ambiental incluye una descripción del medio físico y natural y
una evaluación de los efectos previsibles, directos e indirectos sobre los siguientes
aspectos: población, salud, flora, fauna, biodiversidad, geodiversidad, suelo, aire,
agua, clima, paisaje, bienes materiales, patrimonio cultural, y las posibles interacciones entre los factores anteriores y posibles riesgos de origen natural o antropológico.
El estudio identifica los impactos y los evalúa distinguiendo entre los provocados en
la fase de construcción y la fase de funcionamiento. Posteriormente se establecen
una serie de medidas para reducir, eliminar o compensar los efectos ambientales
significativos.
Se establece un programa de vigilancia ambiental para asegurar el cumplimiento de las
medidas preventivas y correctoras contenidas en el estudio de impacto ambiental.

4. Resumen del proceso de evaluación.
4.1. Información pública. Tramitación y consultas.
Dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 16.5 y 66 de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el
estudio de impacto ambiental fue sometido al trámite de información pública conjuntamente con la solicitud de autorización ambiental unificada por plazo común de 30
días, mediante Anuncio de 20 de junio de 2019 que se publicó en el DOE n.º 153, de
8 de agosto de 2019.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se efectuaron,