Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020062245)
Resolución de 8 de octubre de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina de cebo, promovida por Explotación Agropecuaria Cantalgallo, SA, en los términos municipales de Campillo de Llerena y Peraleda del Zaucejo (Badajoz).
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NÚMERO 215
Viernes, 6 de noviembre de 2020

40173

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y
SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2020, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la
explotación porcina de cebo, promovida por Explotación Agropecuaria
Cantalgallo, SA, en los términos municipales de Campillo de Llerena y
Peraleda del Zaucejo (Badajoz). (2020062245)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 20 de marzo de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la ampliación de
una explotación porcina ubicada en los términos municipales de Campillo de Llerena y Peraleda del Zaucejo (Badajoz) y promovida por Explotación Agropecuaria Cantalgallo, SA, con
domicilio social en Ctra. Nacional 435 Badajoz-Huelva PK 74,64, n.º 18, CP 06380, de Jerez
de los Caballeros (Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de cebo en
régimen de explotación mixto con capacidad para 6.000 cerdos de cebo. Esta actividad
está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2
del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 207, 208, 209 y 9029 del polígono 6; parcelas 1-10 y 12 del polígono 7; parcelas 1 y 4 del polígono 8; parcelas 1, 4, 9 y 11 del
polígono 29; del término municipal de Campillo de Llerena y en la parcela 1 del polígono 20 de Peraleda del Zaucejo, con una superficie de 815 ha. Las instalaciones se
ubicarán en las parcelas 7, 8 y 10 del polígono 7 y la parcela 4 del polígono 29 de
Campillo de Llerena. Las características esenciales del proyecto se describen en la
presente resolución.
Tercero. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16.5 y 66 de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la
solicitud de AAU y el estudio de impacto ambiental fueron sometidos al trámite de
información pública, mediante anuncio de 20 de junio de 2019 que se publicó en el
DOE n.º 153, de 8 de agosto.