Otras Resoluciones. Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas.- (2020062349)
Resolución de 30 de octubre de 2020, de la Secretaría General, por la que se acuerda la ampliación del plazo de justificación de la convocatoria de ayudas a artistas visuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020.
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NÚMERO 215
Viernes, 6 de noviembre de 2020
40172
contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la
presentación de la justificación que no exceda de la mitad del mismo y siempre que con ello
no se perjudiquen derechos de tercero.
De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del citado artículo 70 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, las condiciones y el procedimiento para la concesión de la ampliación, son los establecidos en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta que las circunstancias lo aconsejan y con ello
no se perjudican derechos de tercero, y en interés de los propios beneficiarios de estas
subvenciones, al amparo de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,
RESUELVO:
Único. Acordar de oficio la ampliación del plazo de presentación de la documentación justificativa de la convocatoria de las ayudas a artistas visuales para el año 2020, establecido en el
resuelve decimoquinto de la Resolución de 16 de julio de 2020, de la Secretaría General de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (DOE n.º 145, de 28 de julio), por la que se aprobó la convocatoria de ayudas a artistas visuales para el año 2020 hasta el 4 de diciembre de
2020, incluido.
Notificar la presente resolución a los interesados, mediante la publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, indicándoles que, de conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga
fin al procedimiento.
Mérida, 30 de octubre de 2020.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ
Viernes, 6 de noviembre de 2020
40172
contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la
presentación de la justificación que no exceda de la mitad del mismo y siempre que con ello
no se perjudiquen derechos de tercero.
De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del citado artículo 70 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, las condiciones y el procedimiento para la concesión de la ampliación, son los establecidos en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta que las circunstancias lo aconsejan y con ello
no se perjudican derechos de tercero, y en interés de los propios beneficiarios de estas
subvenciones, al amparo de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,
RESUELVO:
Único. Acordar de oficio la ampliación del plazo de presentación de la documentación justificativa de la convocatoria de las ayudas a artistas visuales para el año 2020, establecido en el
resuelve decimoquinto de la Resolución de 16 de julio de 2020, de la Secretaría General de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (DOE n.º 145, de 28 de julio), por la que se aprobó la convocatoria de ayudas a artistas visuales para el año 2020 hasta el 4 de diciembre de
2020, incluido.
Notificar la presente resolución a los interesados, mediante la publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, indicándoles que, de conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga
fin al procedimiento.
Mérida, 30 de octubre de 2020.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ