Otras Resoluciones. Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas.- (2020062349)
Resolución de 30 de octubre de 2020, de la Secretaría General, por la que se acuerda la ampliación del plazo de justificación de la convocatoria de ayudas a artistas visuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020.
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NÚMERO 215
Viernes, 6 de noviembre de 2020
40170
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2020, de la Secretaría General, por la
que se acuerda la ampliación del plazo de justificación de la convocatoria de
ayudas a artistas visuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2020. (2020062349)
En uso de las facultades que tengo conferidas por el Decreto 169/2019, de 29 de octubre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, y el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y con arreglo a los siguientes
HECHOS:
Primero. Por Resolución de 16 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deportes (DOE n.º 145, de 28 de julio), se aprobó la convocatoria de
ayudas a artistas visuales para el año 2020.
Estas ayudas van destinada a apoyar, fomentar y promocionar la creatividad artística en
la Comunidad Autónoma de Extremadura en el campo de la creación contemporánea,
dentro del ámbito de las artes visuales, contribuyendo así al desarrollo económico, social
y cultural de la región, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 32/2017, de 28 de marzo
de 2017, por el que se establece el régimen de ayudas a artistas visuales (DOE n.º 64, de
3 de abril de 2017).
Segundo. El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en dicha convocatoria
se tramita en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica.
Tercero. En cuanto al pago de las ayudas la Resolución de 16 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, establece en su resuelve decimotercero, que:
“El pago de las ayudas se efectuará durante el presente ejercicio de la siguiente manera:
a) Si así lo solicita el interesado se efectuará con carácter anticipado un primer pago de
hasta un 50 % del importe total de la subvención concedida, una vez publicada la
resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura. El interesado dispondrá de
15 días, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha resolución para solicitar el anticipo.
b) El 50 % restante se abonará una vez se realice la actividad objeto de la ayuda y tras
la correspondiente justificación de los gastos realizados por el beneficiario, que se
Viernes, 6 de noviembre de 2020
40170
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2020, de la Secretaría General, por la
que se acuerda la ampliación del plazo de justificación de la convocatoria de
ayudas a artistas visuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2020. (2020062349)
En uso de las facultades que tengo conferidas por el Decreto 169/2019, de 29 de octubre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, y el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y con arreglo a los siguientes
HECHOS:
Primero. Por Resolución de 16 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deportes (DOE n.º 145, de 28 de julio), se aprobó la convocatoria de
ayudas a artistas visuales para el año 2020.
Estas ayudas van destinada a apoyar, fomentar y promocionar la creatividad artística en
la Comunidad Autónoma de Extremadura en el campo de la creación contemporánea,
dentro del ámbito de las artes visuales, contribuyendo así al desarrollo económico, social
y cultural de la región, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 32/2017, de 28 de marzo
de 2017, por el que se establece el régimen de ayudas a artistas visuales (DOE n.º 64, de
3 de abril de 2017).
Segundo. El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en dicha convocatoria
se tramita en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica.
Tercero. En cuanto al pago de las ayudas la Resolución de 16 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, establece en su resuelve decimotercero, que:
“El pago de las ayudas se efectuará durante el presente ejercicio de la siguiente manera:
a) Si así lo solicita el interesado se efectuará con carácter anticipado un primer pago de
hasta un 50 % del importe total de la subvención concedida, una vez publicada la
resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura. El interesado dispondrá de
15 días, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha resolución para solicitar el anticipo.
b) El 50 % restante se abonará una vez se realice la actividad objeto de la ayuda y tras
la correspondiente justificación de los gastos realizados por el beneficiario, que se