Disposiciones Generales. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Pymes. Ayudas.- (2020050196)
Orden de 29 de octubre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la puesta en marcha de un Programa para la mejora competitiva de la Pyme extremeña.
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NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020
39822
Los presupuestos deben venir desglosados por tareas y horas de consultoría, identificándose de manera individualizada los costes de las mismas.
II. Implantación y certificación de normas y sistemas de calidad.
a. Se subvencionan los gastos de implantación y certificación de las siguientes
normas:
i.
Sistemas de gestión de la calidad mediante la Norma ISO 9001, de gestión
medioambiental mediante la Norma ISO 14001 o un sistema integrado de
ambas.
ii.
Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo, de acuerdo con la norma ISO
45001.
iii. Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) basado en la norma
ISO 27001.
iv. Sistema de gestión de la I+D+i, mediante la Norma UNE 166002 y sistema de
Vigilancia Tecnológica, mediante la Norma UNE 166006.
v.
Normas o protocolos dirigidos a garantizar la seguridad alimentaria, tales como
BRC, IFS, ISO 22000, FSSC 22000, u otras de naturaleza similar que estén
referidas a la seguridad alimentaria, que tengan cierto reconocimiento en los
mercados y que permitan una mayor expansión comercial a las empresas
beneficiarias.
vi. Sistemas de gestión de Compliance basados en las norma UNE 19600, UNE
19601 y UNE 19602.
vii. Normas Especificación UNE 0060:2018 y UNE 0061:2019 de sistemas de
gestión para la digitalización..
viii. Cualquier otra norma reconocida institucionalmente que venga referida a alguno de los ámbitos indicados en los puntos anteriores, o que venga a suponer
una optimización de la gestión de los procesos y una mejora en la competitividad de la empresa, o que sea requisito necesario por exigencias del mercado
internacional o del sector.
b. No se considerará subvencionable la adaptación de una norma previamente implantada y certificada en la empresa, ni la implantación y certificación de una norma o
sistema que ya hubiese sido subvencionado anteriormente por parte de la Junta de
Extremadura en los cinco años anteriores a la presentación de la solicitud, salvo
Jueves, 5 de noviembre de 2020
39822
Los presupuestos deben venir desglosados por tareas y horas de consultoría, identificándose de manera individualizada los costes de las mismas.
II. Implantación y certificación de normas y sistemas de calidad.
a. Se subvencionan los gastos de implantación y certificación de las siguientes
normas:
i.
Sistemas de gestión de la calidad mediante la Norma ISO 9001, de gestión
medioambiental mediante la Norma ISO 14001 o un sistema integrado de
ambas.
ii.
Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo, de acuerdo con la norma ISO
45001.
iii. Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) basado en la norma
ISO 27001.
iv. Sistema de gestión de la I+D+i, mediante la Norma UNE 166002 y sistema de
Vigilancia Tecnológica, mediante la Norma UNE 166006.
v.
Normas o protocolos dirigidos a garantizar la seguridad alimentaria, tales como
BRC, IFS, ISO 22000, FSSC 22000, u otras de naturaleza similar que estén
referidas a la seguridad alimentaria, que tengan cierto reconocimiento en los
mercados y que permitan una mayor expansión comercial a las empresas
beneficiarias.
vi. Sistemas de gestión de Compliance basados en las norma UNE 19600, UNE
19601 y UNE 19602.
vii. Normas Especificación UNE 0060:2018 y UNE 0061:2019 de sistemas de
gestión para la digitalización..
viii. Cualquier otra norma reconocida institucionalmente que venga referida a alguno de los ámbitos indicados en los puntos anteriores, o que venga a suponer
una optimización de la gestión de los procesos y una mejora en la competitividad de la empresa, o que sea requisito necesario por exigencias del mercado
internacional o del sector.
b. No se considerará subvencionable la adaptación de una norma previamente implantada y certificada en la empresa, ni la implantación y certificación de una norma o
sistema que ya hubiese sido subvencionado anteriormente por parte de la Junta de
Extremadura en los cinco años anteriores a la presentación de la solicitud, salvo