Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Currículo.- (2020040078)
Decreto 64/2020, de 28 de octubre, por el que se establece el currículo del título de Técnico en Electromecánica de Maquinaria en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020
39910
Artículo 5. Organización modular y distribución horaria.
La duración de este ciclo formativo es de 2.000 horas, distribuidas en dos cursos
académicos.
La distribución de cada uno de los cursos, la duración y asignación horaria semanal de cada
uno de los módulos profesionales que conforman estas enseñanzas se concretan en el anexo
III de este decreto.
Artículo 6. Desarrollo curricular.
1. Los centros educativos, en virtud de su autonomía pedagógica, concretarán y desarrollarán las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico en Electromecánica de Maquinaria mediante la elaboración de un proyecto curricular del ciclo
formativo que responda a las necesidades del alumnado y a las características concretas
del entorno socioeconómico, cultural y profesional, en el marco del proyecto educativo del
centro.
2. El equipo docente responsable del desarrollo del ciclo formativo elaborará las programaciones para los distintos módulos profesionales. Estas programaciones didácticas deberán
contener, al menos, la adecuación de las competencias profesionales, personales y sociales al contexto socioeconómico y cultural dentro del centro educativo y a las características del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, la metodología de
carácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materiales
didácticos.
Artículo 7. Evaluación.
1. El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado, los procesos de enseñanza y su
propia práctica docente.
2. La evaluación del alumnado se realizará atendiendo a los resultados de aprendizaje y sus
criterios de evaluación establecidos para los diferentes módulos profesionales, así como
los objetivos generales del ciclo formativo.
3. Dada la estructura modular de los ciclos formativos la evaluación de los aprendizajes del
alumnado se realizará por módulos profesionales.
4. El alumnado que obtenga una evaluación positiva en todos los módulos profesionales
correspondientes al ciclo formativo obtendrá el título de formación profesional de Técnico
en Electromecánica de Maquinaria.
Jueves, 5 de noviembre de 2020
39910
Artículo 5. Organización modular y distribución horaria.
La duración de este ciclo formativo es de 2.000 horas, distribuidas en dos cursos
académicos.
La distribución de cada uno de los cursos, la duración y asignación horaria semanal de cada
uno de los módulos profesionales que conforman estas enseñanzas se concretan en el anexo
III de este decreto.
Artículo 6. Desarrollo curricular.
1. Los centros educativos, en virtud de su autonomía pedagógica, concretarán y desarrollarán las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico en Electromecánica de Maquinaria mediante la elaboración de un proyecto curricular del ciclo
formativo que responda a las necesidades del alumnado y a las características concretas
del entorno socioeconómico, cultural y profesional, en el marco del proyecto educativo del
centro.
2. El equipo docente responsable del desarrollo del ciclo formativo elaborará las programaciones para los distintos módulos profesionales. Estas programaciones didácticas deberán
contener, al menos, la adecuación de las competencias profesionales, personales y sociales al contexto socioeconómico y cultural dentro del centro educativo y a las características del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, la metodología de
carácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materiales
didácticos.
Artículo 7. Evaluación.
1. El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado, los procesos de enseñanza y su
propia práctica docente.
2. La evaluación del alumnado se realizará atendiendo a los resultados de aprendizaje y sus
criterios de evaluación establecidos para los diferentes módulos profesionales, así como
los objetivos generales del ciclo formativo.
3. Dada la estructura modular de los ciclos formativos la evaluación de los aprendizajes del
alumnado se realizará por módulos profesionales.
4. El alumnado que obtenga una evaluación positiva en todos los módulos profesionales
correspondientes al ciclo formativo obtendrá el título de formación profesional de Técnico
en Electromecánica de Maquinaria.