Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061898)
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura (FEMPEX) por el que se concede una subvención para la promoción y fomento de la prevención de riesgos laborales en el año 2020.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 196
Jueves, 8 de octubre de 2020

35040

Quinta. Forma de pago.
El pago del importe total de la ayuda se efectuará de la siguiente forma:
— Un primer pago del 75 % del importe total de la subvención por valor de 157.875 €, una
vez suscrito el presente convenio.
— El 25 % restante por importe de 52.625 € previa justificación antes del 30 de septiembre de 2020 de al menos el 50 % del importe previamente anticipado. Excepcionalmente, en el supuesto de imposibilidad material de ejecución de las actuaciones y/o
justificación de los gastos subvencionables, el plazo de ejecución y/o justificación
podrá ampliarse, previa autorización del órgano gestor de la ayuda mediante Resolución de la Dirección General de Trabajo.
Para proceder a la citada ampliación, FEMPEX deberá presentar la solicitud con una antelación de al menos cinco días a la fecha de finalización del plazo de justificación, debiendo
acreditar debidamente la imposibilidad de ejecución y /o justificación.
La justificación de la totalidad del importe percibido se habrá de presentar con anterioridad al
15 de febrero de 2021.
Conforme a lo establecido en el artículo 21.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la subvención regulada en el
presente convenio queda exenta del régimen de garantías para recibir pagos anticipados.

Sexta. Condiciones para la financiación y gastos subvencionables.
Serán gastos subvencionables los realizados, según las condiciones que se recogen en el
presente convenio, desde el 1 de enero de 2020 hasta su finalización el 31 de diciembre de
2020, y conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La financiación de los medios humanos únicamente podrá ser objeto de subvención
hasta el importe de las retribuciones básicas y complementarias fijadas por jornada real
de trabajo para los correspondientes grupos profesionales, establecidos anualmente por
los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el personal funcionario. A tal efecto, se deberá especificar en las nóminas aportadas como justificante de
gasto y pago, la especialidad/categoría profesional en función de la cual se encuentra el
personal contratado.
Los conceptos de dietas y gastos de viajes estarán limitados en las cuantías establecidas por
el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio (DOE
núm. 92, de 9 de agosto).