Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (Suplemento DOE). (2020062014)
Resolución de 7 de octubre de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 6 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se prolongan las medidas especiales de intervención administrativa de carácter específico y temporal para la contención del brote epidémico de la pandemia COVID-19 en la localidad de Eljas.
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SUPLEMENTO NÚMERO 195
Miércoles, 7 de octubre de 2020

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das en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión
no controlada de infecciones causadas por el Sars-Cov-2, orden utilizada como criterio
orientador para la implementación de las últimas medidas especiales en nuestra región
en localidades con alta tasa de incidencia, en lugar de optar por introducir el régimen de
modificaciones en el anterior y prorrogar sus efectos, se considera necesario, por razones
de seguridad jurídica, para facilitar su comprensión por la ciudadanía, adoptar un nuevo
Acuerdo, que producirá efectos desde la expiración del Acuerdo precedente, y que viene a
mantener un régimen específico de medidas especiales de intervención para la localidad
de Eljas.
En virtud de cuanto antecede, de conformidad con el informe epidemiológico de 5 de
octubre de 2020 emitido desde la Dirección General de Salud Pública, a propuesta del
Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, en aplicación de lo
dispuesto en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en materia de
Salud Pública, la Ley Orgánica 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, la Ley
33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública y, en particular, en los artículos 3 b),
9 c) y 51 de la Ley 7/2011, de 23 de marzo, de salud pública de Extremadura y en la
letra b) del ordinal primero de la disposición adicional primera del Decreto-ley 12/2020,
de 19 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la reactivación de la actividad
económica y social en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el proceso hacia la
“Nueva Normalidad”, este Consejo de Gobierno adopta, reunido en sesión de 6 de octubre
de 2020, el presente
ACUERDO:

Primero. Objeto y ámbito territorial de aplicación.
El objeto de este Acuerdo es prolongar el mantenimiento de un régimen específico de medidas especiales de intervención administrativa de carácter específico y temporal para la
contención del brote epidémico de la pandemia COVID-19 que serán aplicables en la localidad de Eljas, a todas las personas que se encuentren y circulen por dicho municipio, así
como a las personas titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público ubicados en esta localidad.

Segundo. Régimen jurídico aplicable.
1. En el municipio de Eljas, durante la vigencia del presente Acuerdo, serán de aplicación las
medidas de intervención administrativa específicas previstas en este. Asimismo, será aplicable en todo lo no contemplado en este Acuerdo y en cuanto no resulte incompatible con
las medidas que en él se contemplan, el Acuerdo de 2 de septiembre de 2020 del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se establecen las medidas básicas de