Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061893)
Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de curado de tabaco mediante combustible biomasa, promovido por SAT Sierra de Gredos, en Santa María de las Lomas, en el término municipal de Talayuela.
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NÚMERO 195
Miércoles, 7 de octubre de 2020
34915
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y
SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al
proyecto de planta de curado de tabaco mediante combustible biomasa,
promovido por SAT Sierra de Gredos, en Santa María de las Lomas, en el
término municipal de Talayuela. (2020061893)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de entrada en el Registro de la Junta de Extremadura de 17 de junio de
2019 se solicita Autorización Ambiental Unificada (AAU) para una planta de curado de tabaco
mediante combustible biomasa, promovido por SAT Tabacos Sierra de Gredos, en Santa
María de las Lomas, en el término municipal de Talayuela.
Segundo. La actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, concretamente en la siguiente categoría del anexo II:
4.3. Instalaciones de cogeneración, calderas, hornos, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión existente en una industria, sea esta o no su actividad
principal; con una potencia térmica de combustión inferior a 50 MW y superior a 2,3 MW.
La instalación industrial se ubicará en la entidad local Santa María de las Lomas en el término
municipal Talayuela, concretamente la parcela 11 del polígono 36, cuya referencia catastral
es 10184A036000110000YJ.
Tercero. Previa solicitud del interesado al Ayuntamiento de Talayuela, este expide con fecha 22 de
junio de 2011, informe acreditativo de la compatibilidad de las instalaciones con el planeamiento
urbanístico, conforme lo establecido en el artículo 57.2.d de la Ley 5/2010, de 23 de junio.
Cuarto. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, el órgano ambiental publicó en su sede electrónica, con fecha 26 de febrero de 2020, un
anuncio con la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental.
Quinto. Mediante escrito de 17 de enero de 2020, la Dirección General de Medio Ambiente
(DGMA) remitió al Ayuntamiento de Talayuela copia del expediente de solicitud de la AAU, con
objeto de que este ayuntamiento promoviera la participación real y efectiva de las personas
interesadas en el procedimiento de concesión de esta AAU mediante notificación por escrito a
las mismas y, en su caso, recepción de las correspondientes alegaciones. Asimismo, mediante
este escrito se le solicitó informe de adecuación de las instalaciones descritas en la solicitud de
AAU de todos aquellos aspectos que fueran de su competencia según el artículo 16.6 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Miércoles, 7 de octubre de 2020
34915
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y
SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al
proyecto de planta de curado de tabaco mediante combustible biomasa,
promovido por SAT Sierra de Gredos, en Santa María de las Lomas, en el
término municipal de Talayuela. (2020061893)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de entrada en el Registro de la Junta de Extremadura de 17 de junio de
2019 se solicita Autorización Ambiental Unificada (AAU) para una planta de curado de tabaco
mediante combustible biomasa, promovido por SAT Tabacos Sierra de Gredos, en Santa
María de las Lomas, en el término municipal de Talayuela.
Segundo. La actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, concretamente en la siguiente categoría del anexo II:
4.3. Instalaciones de cogeneración, calderas, hornos, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión existente en una industria, sea esta o no su actividad
principal; con una potencia térmica de combustión inferior a 50 MW y superior a 2,3 MW.
La instalación industrial se ubicará en la entidad local Santa María de las Lomas en el término
municipal Talayuela, concretamente la parcela 11 del polígono 36, cuya referencia catastral
es 10184A036000110000YJ.
Tercero. Previa solicitud del interesado al Ayuntamiento de Talayuela, este expide con fecha 22 de
junio de 2011, informe acreditativo de la compatibilidad de las instalaciones con el planeamiento
urbanístico, conforme lo establecido en el artículo 57.2.d de la Ley 5/2010, de 23 de junio.
Cuarto. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, el órgano ambiental publicó en su sede electrónica, con fecha 26 de febrero de 2020, un
anuncio con la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental.
Quinto. Mediante escrito de 17 de enero de 2020, la Dirección General de Medio Ambiente
(DGMA) remitió al Ayuntamiento de Talayuela copia del expediente de solicitud de la AAU, con
objeto de que este ayuntamiento promoviera la participación real y efectiva de las personas
interesadas en el procedimiento de concesión de esta AAU mediante notificación por escrito a
las mismas y, en su caso, recepción de las correspondientes alegaciones. Asimismo, mediante
este escrito se le solicitó informe de adecuación de las instalaciones descritas en la solicitud de
AAU de todos aquellos aspectos que fueran de su competencia según el artículo 16.6 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.