Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061895)
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo Marco de Colaboración entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y Extremaplant, SL, para el desarrollo de acciones conjuntas en investigación, desarrollo e innovación relacionadas con el estudio del cultivo del cáñamo medicinal.
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NÚMERO 195
Miércoles, 7 de octubre de 2020

34828

— Desarrollo de acciones en materia de innovación y desarrollo tecnológico en el cultivo y
aprovechamiento del cáñamo:
a) Colaboración en futuros proyectos de innovación en el cultivo del cáñamo medicinal.
b) Colaboración en la formación especializada en materia de innovación tecnológica en
productos obtenidos a partir de la biomasa de cáñamo (bioproductos).

Tercera. Compromisos adquiridos por el CICYTEX.
Mediante el presente acuerdo marco, el CICYTEX a través del Instituto de Investigaciones
Agrarias Finca La Orden Valdesequera, se compromete a dar apoyo y desarrollar las acciones
recogidas en la cláusula segunda, aportando los recursos que en cada momento se consideren necesarios para el cumplimiento de los fines previstos en el presente acuerdo marco.

Cuarta. Compromisos adquiridos por Extremaplant, SL.
Mediante el presente acuerdo marco Extremaplant, SL, se compromete a desarrollar las
acciones recogidas en la cláusula segunda, aportando los recursos personales necesarios y
destinando material y/o equipamiento productivo en función de los compromisos que se
acuerden y para el cumplimiento de los fines previstos en el presente acuerdo marco.

Quinta. Comisión Mixta.
Las partes acuerdan la creación de una Comisión Mixta paritaria de coordinación, seguimiento y control de las actividades que, con posterioridad, se desarrollen en el marco del presente acuerdo.
La Comisión que estará integrada por al menos dos representantes de cada una de las
partes, determinará las acciones concretas a desarrollar, así como las características de cada
una aclarando y decidiendo cuantas dudas puedan plantearse en la interpretación y ejecución
del presente acuerdo o de los específicos que se suscriban para el concreto desarrollo de las
actividades que se programen. Asimismo, realizará el seguimiento, supervisión y posterior
evaluación de las actividades concretas ejecutadas.

Sexta. Confidencialidad.
Cada una de las partes se comprometen a no difundir, bajo ningún concepto, las informaciones científicas pertenecientes a la otra parte y que haya podido tener acceso en el desarrollo
de este acuerdo.