Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones.- (2020050177)
Orden de 23 de septiembre de 2020 por la que se regula la Formación Profesional para el empleo dirigida a personas ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.
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NÚMERO 195
Miércoles, 7 de octubre de 2020

34691

Al amparo de dichas previsiones normativas se aprobó el Decreto 156/2016, de 20 de
septiembre (DOE n.º 185, de 26 de septiembre), cuyo objeto era regular la programación,
gestión y control de la formación profesional para el empleo dirigida a las personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableciendo las
bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar las acciones formativas incluidas en los programas de formación que se aprueben por el Servicio Extremeño Público de
Empleo, de conformidad con la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Dicho decreto fue modificado por el Decreto 44/2017, de 12 de abril (DOE n.º 74, de 19 de
abril),y por el Decreto 165/2017, de 9 de octubre (DOE n.º 199, de 17 de octubre), en este
último caso, a raíz de la entrada en vigor del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el
que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que establece que cuando las administraciones Públicas competentes opten por aplicar el régimen de concesión de subvenciones, estas se regirán por las bases reguladoras que se establezcan mediante orden del titular
del Ministerio competente en materia de Empleo.
De acuerdo con dicha previsión, se aprueba la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la
que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley
30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para
el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones
competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones públicas destinadas a su financiación. El ámbito de aplicación de esta orden se
extiende a todo el territorio nacional, sin perjuicio de las competencias de ejecución y de
autoorganización que tienen las Comunidades Autónomas.
En lo que se refiere al establecimiento de las bases reguladoras en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por
la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé que las bases reguladoras de las subvenciones se establecerán por orden de la persona titular de la consejería correspondiente o de aquella a la que
estén adscritos los organismos vinculados, previo informe de la Abogacía General y de la
Intervención General.
Por otra parte, mediante Decreto 87/2019, de 2 de agosto se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuyendo a la
Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo de la Consejería de
Educación y Empleo la planificación y el diseño de la oferta de enseñanzas de formación para
el empleo y a la Secretaría General de Empleo, que ejercerá la Dirección Gerencia del Organismo Autónomo Servicio Extremeño Público de Empleo, el ejercicio de las funciones de