Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones.- (2020050177)
Orden de 23 de septiembre de 2020 por la que se regula la Formación Profesional para el empleo dirigida a personas ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.
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NÚMERO 195
Miércoles, 7 de octubre de 2020

I

34690

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ORDEN de 23 de septiembre de 2020 por la que se regula la Formación
Profesional para el empleo dirigida a personas ocupadas en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen las bases
reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación. (2020050177)
La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, regula el Sistema de Formación Profesional para el
Empleo en el ámbito laboral, y tiene como objetivos estratégicos favorecer la creación de
empleo estable y de calidad; contribuir a la competitividad empresarial; garantizar el derecho a la formación laboral; y ofrecer garantías de empleabilidad y promoción profesional de
los trabajadores, de conformidad con el marco constitucional de distribución de competencias
entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
La citada Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en su artículo 24 prevé, que cada Administración
Pública velará por la programación, gestión y control de la formación profesional para el
empleo en su ámbito competencial, en coherencia y coordinación con la correspondiente a
otras Administraciones. Asimismo, establece que los órganos o entidades competentes para
la programación, gestión y control de la formación profesional para el empleo en el ámbito
autonómico serán los que determinen las comunidades autónomas.
El artículo 11.1.7 del Estatuto de Autonomía de Extremadura establece que la Comunidad
Autónoma de Extremadura ostenta competencias de ejecución en materia de formación
profesional para el empleo, correspondiéndole la potestad reglamentaria organizativa y la
adopción de planes, programas, medidas, decisiones y actos.
Por su parte, la Ley 7/2001, de 14 de junio atribuyó al Servicio Extremeño Público de
Empleo la ejecución de las competencias de administración, gestión y coordinación de
los procesos derivados de las políticas activas de empleo, bajo la supervisión y control
de la Consejería competente en materia de empleo y el Decreto 26/2009, de 27 de
febrero, por el que se aprueban sus Estatutos estableció entre los fines del organismo el
desarrollo de la formación profesional para el empleo, impulsando y extendiendo entre
las empresas y las personas trabajadoras ocupadas y desempleadas una formación que
responda adecuadamente a sus necesidades y contribuya al desarrollo de la economía
extremeña.